Sujeto A compra de forma individual un piso en el año 2002 por 117.000,00 euros, en el año 2006 le vende a su pareja en esa época la mitad del piso por 88.000 euros, por lo que ya son titulares los dos del piso cada uno con su mitad indivisa, el año pasado 2019 le quita en piso el banco.
¿como se tributaria eso en renta con respecto al valor de adquisición del sujeto A no sabría que poner?
Quiere decir que al Sujeto A en el Valor de Adquisición en el programa de renta se tiene que poner la mitad 58.500 euros, es que eso de como declaro la venta del otro 50% en su día no importa nada no me ha quedado claro, y a la señora en valor de adquision en renta que le corresponde poner la cantidad por la que compro la mitad no?