A ver pregunta, si un miembro electo en un comité de empresa por un sindicato X decide renunciar a formar parte de dicho sindicato y presenta ante delegación de trabajo su baja de ese sindicato y a la vez solicita afiliación a otro sindicato distinto.
Teniendo en cuenta que él no renuncia como miembro del comité.
¿se puede considerar miembro del comité en representación de su nuevo sindicato o ha de constar como independiente?
El nuevo sindicato al que se afilia no participó en las elecciones sindicales por las cuales fue elegido. Sin embargo este nuevo sindicato ahora crea una sección sindical en la empresa.
¿el delegado de dicha sección sindical tendría la consideración y los derechos que marca la LOLS? he de decir que la empresa tiene mas 1000 trabajadores.