Dejando aparte el asunto administrativo de licencias y condiciones de habitabilidad, y la obra que materialmente sea necesaria o conveniente, no hay impedimento en alquilar una vivienda como de dos habitaciones con comedor, o como de tres habitaciones: el contrato de alquiler será plenamente válido.
Recuerde reflejar la nueva situación en la Cédula de Habitabilidad: deberá pedir que le expidan otra. En muchas Comundiades Autonómicas es necesario tenerla para alquilar.
Tan sólo en un contrato ya en vigor puede haber un problema, si un inquilino alquiló un piso contando con que era de dos dormitorios y comedor, y se le pretende imponer la nueva situación, ya que sería una variación de lo pactado en el contrato.
¿Puede una vivienda en alquiler de dos habitaciones, baño,cocina y comedor transformarse a 3 habitaciones perdiendo el comedor?
¿En que situaciones seria posible?