Volviendo al hilo,me comentan que el embargo de la moto de agua,al pasar 4 años prescribe y por lo visto hay que pedirlo a través de algún escrito a la Seguridad Social.
ESo es así???? saben algo con respecto al tema ??Muchas gracias y un saludo
Paquito buenas noches
Acaban de comentarme que una vez que se quite el embargo que tiene esa moto de agua se puede transferir.
Me comentan también que se tiene que hacer a través de la Capitanía Marítima.
Sabemos qué documentación es necesario presentar para esa transferencia???
Muchas gracias y un saludo
Sí, que se venda con autorización de los acreedores para que el destino de esa venta sea amortizar la deuda.
Si en cambio la consiguiera vender para evitar pagar a los acreedores sería un delito de alzamiento de bienes; poca broma.
Buenas noches.
Quisiera preguntar sobre un embargo de una moto de agua.
Resulta que un compañero tiene quiere una moto de agua que tiene un embargo y quiere transferirla a su nombre.
El propietario tiene varios embargos más.
Hay alguna manera de poder transferirla quitando ese embargo??
Muchas gracias y un salu2