Voy a modificar mi pregunta anterior, ya que sólo necesito saber si al vender mi piso en extranjero (un país de la UE), al recibir el dinero correspondiente a mi cuenta banacaria en España y al declara este dinero a Hacienda (unos 19.000 euros) ésta me va a cobrar algo por este dinero o no (teniendo en cuenta que el piso se vende con todas las formalidades y pagos necesarios que se exigen en otro país).
Buenos días.
Vivo y trabajo en España, soy ciudadana comunitaria. Estoy vendiendo mi piso en mi país, las gestiones lleva mi madre através de una inmobiliaria de allá. Después me harán la transferencia del importe a mi cuenta bancaria en España (serán unos 19 mil euros).
-¿Tengo que presentar algún justificante al banco sobre las bases legales de esta transferencia? -¿Será este importe contemplado por la Hacienda cuando yo haga la próxima declaración de renta? En caso afirmativo, ¿cuánto me pueden cobrar?
-O tengo que presentar algunos papeles para que no me cobren nada en España? Porque supongo que en mi país el estado ya cobrará algo.