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Transcurso de plazo para ejecutar monitorio

2 Comentarios
 
01/12/2008 15:53
Como dice Res Publica, la teoría es que el auto de terminación del monitorio es también de iniciación de oficio del proceso de ejecución, sin necesidad de que el ejecutante/acreedor presente demanda en solicitud de ejecución.
01/12/2008 15:43
Ya se puede instar. De hecho, aunque la práctica es que los juzgados pidan la presentación de demanda ejecutiva, la LEC dice que el auto por el que se declare concluso el plazo para pagar u oponerse despachará ejecución.

Salvo opinión mejor fundada.
Transcurso de plazo para ejecutar monitorio
01/12/2008 11:06



Para instar la ejecución :

¿debo esperar al plazo para la ejecución de sentencias(transcurso 20 dias desde la notificación al deudor) o una vez firme el auto de terminación del monitorio (5 días notificación al deudor) ya puedo instar la ejecución?
Saludos.