Estando en presencia de un delito privado o de una falta y previamente al inicio de las sesiones del juicio oral pero el mismo día de éste, ¿cabe la posibilidad de poner de manifiesto al Juzgado para que quede constancia en acta y en la resolución que posteriormente se dicte de la transacción sobre la responsabilidad civil a la que pudieran haber llegado las partes y de la renuncia consiguiente a la acción penal? ¿cómo se articula esto? ¿no cabe el "desisitimiento" de la acción penal sino sólo la renuncia? ¿cómo hacer valer lo acordado en sede judicial, ante la jurisdicción civil en el juicio declarativo que corresponda?
Muchas gracias