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trámites tras fallecimiento padre

1 Comentarios
 
Trámites tras fallecimiento padre
22/01/2014 02:12
Hola. Mi padre falleció en Noviembre 2013 en Valencia. Deja viuda, aunque estaban divorciados, y cuatro hijos mayores de edad. El piso es propiedad al 50% entre mi padre y 50 % mi madre. No se va a vender, mi madre vivirá en él hasta que fallezca. Mi padre testó en favor de los cuatro hijos por igual según nos manifestó. Ya tenemos certificado defunción y certificado de últimas voluntades. No pensábamos ni siquiera ir al notario a recoger el testamento, pues mi madre es la que se va a quedar en el piso. ¿Es necesario hacerlo? ¿Hay que pagar algo obligatóriamente, aunque no se vaya a vender el piso? ¿En el Ayuntamiento de Valencia hay q hacer mas trámites? Si es así, ¿son obligatorios, o solo cuando se vaya a vender?.
Muchas gracias por su información.
22/01/2014 10:34
Independientemente de los trámites que no vayan a vender, yo les aconsejo solicitar en el notario que aparezca en el certificado de últimas voluntades el testamento. Sólo así podrán comprobar el contenido del mismo y liquidar, tras ello, tanto el impuesto sobre sucesiones (ante la Generalitat) como la plusvalía municipal (ante el Ayuntamiento de Valencia), para los cuales el plazo es de seis meses. La liquidación de ambos es obligatoria.

Si no quieren hacer nada por el momento, bastará con un documento privado en el que se recojan los distintos bienes de la titularidad de su padre.

Quedo a su disposición,

Motta&L Abogados
Madrid
mottayl.abogados@gmail.com