Recientemente se ha dictado Sentencia a mi favor, como propietaria de un local, y que he tenido que padecer al inquilino que no paga.
Quisiera que alguien me indicara cuales son, a partir de ahora, los trámites para intentar cobrar.
Tengo que decir que yá tengo las llaves.
Gracias.
Hola elhito. Si, como imagino, también se ejerció la acción de reclamación de rentas y la sentencia ha condenado al arrendatario al pago de las cantidad X, una vez que la sentencia haya sido declarada FIRME y transcurridos 20 días desde la NOTIFICACIÓN de la misma al condenado, si éste NO ha pagado voluntariamente, su abogado/a tendrá que INSTAR Demanda de Ejecución de sentencia, señalando si los conoce los bienes susceptibles de embargo del condenado.
Si como garantía ADICIONAL se pactó un AVAL BANCARIO, puede ejecutarlo una vez que la sentencia sea declarada firme.
¿Quién tiene que investigar si tiene bienes?.
No sabemos sí tiene bienes, mas bien me inclino de que es insolvente.
La demanda de ejecución de sentencia supone un gastos adicional para mí o suele ir incluido en los gastos de demanda hasta que sale el juicio.
Como le puedo incluir en las relaciones de morosos.
Saludos.