mi duda es la siguiente: en un asunto mi cliente es codemandado y por un error en fechas de emplazamiento para contestar a la reconvención, el juzgado me ha dictado providencia dando por precluido dicho trámite. Como hay más codemandados puede mi cliente adherirse a las demás contestaciones reconvencionales de los demás codemandados?.Y si al final del asunto cuando se dicte sentencia si el fallo es favorable o desfavorable mi cliente se verá afectado a ella o no?.O de lo contrario puedo tener otra vía de recurso para que no me den por no contestada? Gracias.
A que reconvención vas a contestar? Si lo que tiene que contestar tu clientes es a la demanda principal y en su caso reconvenir, pero en ningún caso puede adherise a la reconvenión de un codemandado ya que ésta supone una demanda contra el demandante. Si tu cliente en ese procedimiento queria demandar al demandante porque no lo hizo en la contestación a la demanda.
No estaras confundiendo contestación a la demanda con reconvenión.
Vd. como codemandado no puede contestar a la reconvención que formula otro codemandado, únicamente puede hacerlo el demandante, que es contra quien va formulada.