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Trámite nacionalidad española con doble nacionalidad.

1 Comentarios
 
Trámite nacionalidad española con doble nacionalidad.
08/09/2016 10:34
Buenos días,
Actualmente tengo doble nacionalidad Argentina/Polaca. Soy residente en España hace 3 años, como nacional de Polonia. Estoy casada con un español hace 1 año, el matrimonio se celebró en España, pero me he casado con el pasaporte argentino porque así me indicaron que lo hiciera en el registro civil.
Mi pregunta es si puedo aplicar a la nacionalidad española siendo una residente polaca casada con un español (aunque en el acta de matrimonio figure con mi nacionalidad argentina). Y de ser así, qué documentos tendría que presentar (certificado de nacimiento y antecedentes penales), sólo de Polonia o de ambos países? Nunca he vivido en Polonia, aún así los antecedentes penales deben ser de Polonia?
Desde ya, muchas gracias por vuestra ayuda.
Saludos.
11/09/2016 23:58
Ana125
Hola:

Su nacionalidad operativa en España es la POLACA, no la argentina. Usted es residente en España como ciudadana de la Unión y por tanto, sujeta al régimen comunitario. Basta con eso para que TODOS los poderes públicos españoles estén OBLIGADOS a reconocer únicamente su nacionalidad POLACA, porque es la que le confiere el estatuto de ciudadana de la Unión y en consecuencia, gozar de los derechos, ventajas, beneficios que tal calidad le confiere. No es posible, por ello, ser ciudadano de la Unión y gozar de tal estatuto, debidamente reconocido por la Administración General del Estado y por otro lado, ejercer su otra nacionalidad ante un órgano que, si bien está a cargo de jueces, institucionalmente depende del Ministerio de Justicia, que forma parte integrante de la Administración General del Estado.

Si le han dicho en el Registro Civil donde contrajo matrimonio que lo hiciera con pasaporte argentino, siendo que su nacionalidad operativa en España era la polaca, beneficiara del régimen comunitario y así estaba documentada en España por el órgano competente de la Administración General del Estado(Ministerio del Interior - Dirección General de la Policía- Comisaría General de Extranjería y Fronteras), han cometido un error, pues el encargado del Registro Civil está vinculado también por los tratados constitutivos de la Unión Europea y debió exigir en todo momento plena coherencia y hacer que usted contrajera matrimonio ejerciendo la nacionalidad operativa en España (existe la sentencia Michelleti del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que en respuesta a una cuestión prejudicial sobre el caso de una persona natural de Argentina, pero con nacionalidad italiana por ius sanguinis y a quien España no quería reconocer su nacionalidad italiana, se estableció como doctrina y materia de orden público de la Unión Europea que, cuando una persona ostente más de una nacionalidad y al menos una de esas nacionalidades sea la de un Estado miembro de la Unión Europea, los demás Estados miembros de la Unión Europea están OBLIGADOS a reconocer EXCLUSIVAMENTE la nacionalidad del Estado miembro de la Unión Europea, pues ella vuelve a la persona ciudadana de la Unión y desde ese momento, goza de todos los derechos que le confieren los tratados constitutivos de la Unión Europea, que no pueden serle desconocidos; como es sabido, las sentencias de cuestión prejudicial del Tribunal de Justicia de la Unión Europea vinculan a todos los tribunales de todos los Estados miembros de la Unión Europea y por extensión y economía procesal, también a sus Administraciones Públicas y poderes públicos en general).

Podría solicitar la rectificación del asiento del Registro Civil, en el que deberá indicarse que su nacionalidad al momento de contraer matrimonio era la polaca. Para esto existe un procedimiento registral específico, de rectificación, regulado en el Reglamento de Registro Civil.

Si usted está casada con una persona de nacionalidad española, podrá solicitar la nacionalidad española por residencia luego de sólo un año de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición.

Los documentos exigibles serán los del Estado cuya nacionalidad usted ostente y sea operativa en España y ante el Estado español y autoridades españolas. Se le exigirá certificado literal de nacimiento de Polonia y certificado de antecedentes penales de ese país. Prácticamente todos los países expiden certificados de antecedentes penales a sus nacionales, de modo que podrá solicitarlo por los canales que correspondan.

Un cordial saludo.