Antes que nada agradecer de antemano las respuestas de las personas que están resolviendo esta duda y todos los que estamos en este foro.
Soy ciudadano de origen colombiano y llevo tramitado los siguientes permisos;
Arraigo circunst. Excep. (1año)
Residencia cuenta ajena (2años)
Residencia cuenta ajena 1renovación (2años)
Ya puedo (y podia) tramitar la nacionalidad. No obstante para tramitar la debo tener el NIE vigente durante el trámite.
Mi duda es que tramite realizar o recomendáis realizar. Ya sea por agilidad o por comodidad de los dos siguientes para renovar el NIE mientras que tramito la nacionalidad
Por razones prácticas, le recomendaría, salvo mejor criterio :
1.- Primero solicite la renovación de su autorización de residencia y trabajo actual ( temporal primera renovación), que dará lugar a una autorización de residencia y trabajo temporal segunda renovación).
2.- Cuando ya tenga en su poder la tarjeta de identidad de extranjero que documente la anterior autorización, entonces, comprobado que cumple íntegramente 5 o más años de residencia legal y continuada en España, solicite una autorización de residencia de larga duración o una autorización de residencia de larga duración-UE :
- Para solicitar la autorización de residencia de larga duración, es suficiente con haber residido en España, de forma legal y continuada, durante 5 años. Es más sencilla, pero solo permite residir y trabajar en España.
- Para solicitar la autorización de residencia de larga duraciuón-UE, es necesario, además de haber residido en España de forma legal y continuada durante 5 años, el contar con recursos fijos y regulares y seguro médico ( requisitos que usted cumpliría si está trabajando actualmente). Tiene más exigencias, pero tiene como ventaja el permitir residir y trabajar en otros Estados parte de la Unión Europea, excepto Reino Unido, Irlanda y Dinamarca, que no participan de la Directiva por la que se instituyó el régimen jurídico para extranjeros extracomunitarios residentes de larga duración, siempre que lo soliciten al Estado al que se dirijan.
Con respecto a la solicitud de nacionalidad española por residencia, puede efectuarla siendo titular de una autorización de residencia temporal en vigor, no es necesario que tenga la de larga duración o de larga duración-UE. Pero es conveniente que lo haga teniendo su autorización en vigor.