hola, me llamo george sampson y en concepto de solidaridad me gustaria que se me informara referente un tema legal que me tiene preocupado. Soy extranjero sin nacionalidad y con cédula de inscripción vigente y el día 27/07/12 me casé con mi pareja de nacionalidad española via registro civil de Vellilla de San Antonio previo autorización del juez del Registro civil de Madrid, puesto que tanto yo como mi pareja estamos empadronados en Madrid, Vallecas. La boda se celebró en el ayuntamiento de Velilla por el alcalde, expidiéndonos el correspondiente acta de matrimonio y, que hasta septiembre nos expediran el libro de familia. Posteriormente, hemos pedido cita previa a la extranjeria para el dia 18/10/12 para tramitar y solicitar el correspondiente permiso de residencia de familiar comunitario. No obstante, me acaba de conceder la libertad condicional por el juez de vigilancia nº 6 de cataluña el dia 12/08/12 auto de fecha 02/07/12, por cumplir todos los requisitos del art. 90 CP. y, la junta de tratamiento me ha concedido el traslado y el seguimiento de la condicional aqui en Madrid (C.I.S) y, quisiera tramitar el subsidio de la excarcelación ya que debo iniciar el tramite en el plazo de un mes a contar a partir de la fecha de la excarcelación y, después dispondré de 15 días para tramitar el cobro de la citada prestación y, tengo cita para el día 27/08/12 al INEM para iniciar el citado TRAMITE. Mi pregunta es: a) ¿qué debo hacer en estas circunstancias para poder acceder a dicha prestación a pesar de no disponer aun del permiso de residencia comunitario y estando pendiente a presentar la solicitud el dia 18/10/12, pero a efectos legales ya soy familiar de una española?
b) ¿a efectos legales puedo pedir una ampliacion de periodo al Inem en tanto que formalice la solicitud de la comunitaria o en su defecto hasta que la extranjeria me expida la tarjeta con efecto retroactivo? c)¿ o simplemente con la resolució del juez de vigilancia, el certificado de excarcelación del director del centro penitenciario, el certificado de empresa de la empresa CIRE ya que estuve trabajando durante tres años en prision, tanto en regimen de segundo grado como de tercero y el acta de matrimonio me valdrán para iniciar el tramite de la solicitud de la prestación por desempleo o excarcelación? Estaré muy agradecido que me ayudaís aclarar todas estas dudas. Atentamente, george Madrid 17/08/12
Sin permiso de residencia en vigor no podrás solicitar el subsidio.
Pero este subsidio lo puedes solicitar a lo largo de un año si en el momento del plazo de solicitud normal no cumples los requisitos.
Por tanto, el dia 27/8/2012 te denegarán el subsidio, o posibliemente ni lo podrás solicitar, aunque si luego consigues la tarjeta de residencia si que podrás.
Ahora, es muy posible que con antecedentes penales te denieguen el permiso de residencia...
hola, ante todo, mi mas sincero agradecimiento por la información aportada, no obstante, en lo que se refiere a los antecedentes penales si no me equivoca, el art. 15.1.5d, RD. 240/2007 de 16 de ferero, reza que: La existencia de condenas penales anteriores no constituirá, por sí sola, razón para adoptar dichas medidas".
Además, hay numerosas jurisprudencias de tribunales superiores y del tribunal europeo dictadas en el sentido de que el concepto orden publico solo sera aplicable:
Cuando se adopte por razones de orden público o de seguridad pública, deberán estar fundadas exclusivamente en la conducta personal de quien sea objeto de aquéllas, que, en todo caso, deberá constituir una amenaza real, actual y suficientemente grave...
En mi caso no soy una amenaza real ya que los delitos por los que estuve en prisión son contra la propiedad por mi adicción a las drogas felizmente superada y, es por ello tengo un informe excelente de los profesionales penitenciarios que informaron favorable al juez de vigilancia penitenciaria la propuesta favorable de la libertad condicional, que me ha sido concedida favorablemente. O sea, segun el RD.240/2007, los antecedentes por si solos no son motivos suficientes para denegar el permiso de residencia a un familiar comunitario. ¿estoy en lo cierto o no? atentamente, george
Real Decreto 240/2007 de 16 de febrero, Artículo 15. Medidas por razones de orden público, seguridad y salud pública
1. Cuando así lo impongan razones de orden público, de seguridad pública o de salud pública, se podrá adoptar alguna de las medidas siguientes en relación con los ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o con los miembros de su familia:
(...) b) Denegar la inscripción en el Registro Central de Extranjeros, o la expedición o renovación de las tarjetas de residencia previstas en el presente real decreto.
5. La adopción de una de las medidas previstas en los apartados anteriores 1 a 4 se atendrá a los siguientes criterios:
a) Habrá de ser adoptada con arreglo a la legislación reguladora del orden público y la seguridad pública y a las disposiciones reglamentarias vigentes en la materia.
d) Cuando se adopte por razones de orden público o de seguridad pública, deberán estar fundadas exclusivamente en la conducta personal de quien sea objeto de aquéllas, que, en todo caso, deberá constituir una amenaza real, actual y suficientemente grave que afecte a un interés fundamental de la sociedad, y que será valorada, por el órgano competente para resolver, en base a los informes de las Autoridades policiales, fiscales o judiciales que obren en el expediente. La existencia de condenas penales anteriores no constituirá, por sí sola, razón para adoptar dichas medidas".
hola goerge sampson: tu caso es parecido al mio y te digo que no te van a inscribir en el inem lo unico que puedes hacer es cojer cita para el dia siguiente de que presentas la solicitud de la tarjeta de familiar comunitaria y te digo que a mi me la han denegado por los antecedentes penales y ahora estoy recurriendo y mi abogado me dice que me la dan seguro pero esto me lo retrasa igual, te digo que estoy en el condicional y me lo dieron execpcionalmente a los 2/3 que he tenido muy buenos informes pero esto en extranjeria no lo miran, bueno lo mas importante te digo que con el resguardo puedes inscribir en el inem y tambien solicitar el subsidio que yo ahora estoy cobrando, otra cosa que tienes derecho a una autorizacion administrativa de trabajar hasta fin de condena esto por lo menos te puede ayudar para seguir cobrando hasta que te resuelves el problema de la tarjeta por es la unica salida que encontre para recibir el subsidio bueno ya sabes si no te acceptan la inscripcion te preparas con el resguardo para solicitarlo
espero que te aclare algo
Bueno, gracias por la información pero ya me inscribieron y me aprobaron el subsidio contributivo por desempleo, puesto que estuve trabajando durante tres años en prisión con el correspondiente permiso de penado y pagama mis cotizaciones y, como esto ya estaba en mi expediente en el inem pues, no he tenido ningún problema y me lo han resuelto favorablemente. Otra cosa distinta hubiese sido la prestación asistencial de excarcelación de 18 meses, que no es prestación contributiva y por lo tanto, para tener derecho a ello se necesita al menos el resguardo de permiso comunitario o la residencia.
te mando un cordial saludo y te deseo mucha suerte colega
pues me alegro mucho por ti porque yo si que tenia que esperar que me presentar el resguardo y tambien para renovar la inscripcion he tenido problema y no se si me sigueran pagando o no por eso me alegro que estas en otra comunidad donde no ponen tantas pegas como aqui en la comunidad valenciana y suerte tambien en la tarjeta de familiar comunitario