Hola. Si pides una pensión no contributiva por discapacidad ( por no tener los años cotizados necesarios, por ejemplo) debes acudir a los servicios sociales de tu comunidad autónoma.
En cambio si pides una pensión contributiva por incapacidad permanente debes acudir a las oficinas del INSS previa cita.
Saludos
Buenos días...la baja que te paga el INNS durante la tramitación de la incapacidad ( el porcentaje del IPREM)....eso coiza a la seguridad social???
Llevo 14 meses cobrando esa baja y no lo tengo claro
Gracias nuevamente por todo
Si la empresa te despidió y estabas de baja, no hay cotización tras el despido pero el período de baja computa si lo precisases para el período mínimo de cotización ( carencia reglamentaria) que, para la incapacidad, varía en función de la edad.
Si estabas en el paro y antes de su agotamiento, cogiste la baja , cobras una cantidad equivalente a la ayuda del paro ( 430 euros mensuales)
Saludos