JRGijon, en los procedimientos de familia es preceptiva siempre la presencia de, al menos, el abogado (por ejemplo, separaciones o divorcios en notaría). Pero cuando son judiciales, además, de procurador. Ya sean tramitados de forma contenciosa, o sean procedimientos consensuales.
Esos procedimientos no pueden ser tramitados por los interesados por sí mismos, ni por personas que no sean Abogados y Procuradores.
Lo mejor, tal y como les comentaste, es que acudan a un especialista, incluso para asesorarse, ya que el especialista conoce mejor la legislación y la práctica judicial.
estimado JRGijon:
Quedamos a su entera disposición para la tramitación y redacción del convenio regulador de medidas paternofiliales. Somos un despacho de abogados, especializados en el derecho de familia, sito en Vizcaya, y que actuamos por todo el territorio español.
Buenos días, te comento que es necesario que intervenga abogado y procurador, pero si es de mutuo acuerdo todo será un trámite muy fácil y sencillo.
De todas formas, si necesitas un abogado especialista en este tema en Madrid, te dejo mis datos de contacto para tí y, por supuesto, para cualquier persona que necesite un abogado en materia de familia y divorcios.
Un saludo:
Oana Iancu. Letrada del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.
Móvil: 622037433
E-mail: mya89@hotmail.es
Hola a tod@s.
Planteo el caso: pareja (solteros) que tienen dos hijos menores de edad y desean hacer un convenio "regulador".
Con muy buena relación (hoy en día) entre ambos, y sabiendo lo que puede pasar a futuro, desean establecer unas bases para regular sus relaciones parentales (los niños tienen menos de 6 años).
Me plantean (pues conozco a ambos y hay, además relaciones familiares) que les "asesore" ... y mi primera recomendación es (precisamente por mi vinculación a ambos) que lo hagan a través de un abogado especialista (desearía estar al margen, precisamente por mi vinculación -y que no soy abogado, sino asesor-) y hay buenas referencias de varios, para que escojan.
Pero ... AMBOS desean que yo les prepare ese convenio transaccional y que se lo tramite.
Así pues, mi pregunta es:
¿pueden ellos realizar en el Juzgado el trámite en el Juzgado, una vez tengan firmado de mutuo acuerdo ese "convenio transaccional" ... o por el contrario es necesario (aparte de conveniente) que intervenga abogado y/o procurador? (Pues en ese caso no se ahorrarían nada (económicamente hablando)?