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Tramitar Baja Paternidad

1 Comentarios
 
31/01/2012 08:12
La empresa solo tiene que darle al empleado un certificado coforme al que está colgado en la página web de la seguridad social.

La prestación la tiene que solicitar el empleado. La empresa se limitará a cotizar por la parte empresarial durante la duración de la prestación. La parte de cotización del trabajador se la descontará la seguridad social de la prestación y la hacen cotizar ellos, la Seguridad Social.

En este enlace tienes toda, toda, toda, la información (plazos, lugares, etc, etc):

http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Paternidad/RegimenGeneral/index.htm

Un saludo.
Tramitar baja paternidad
31/01/2012 06:24
Buenos días, ¿quien debe de tramitar la baja por paternidad a la Seguridad Social de un empleado? ¿Lo debe de hacer la empresa a través del Sistema Red o es la Seguridad Social quien la tramita una vez que el trabajador aporta la documentación? ¿Que plazo existe?
¿Se tramita como una baja por emfermedad? Gracias.