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Tramitacion al Fogasa.

3 Comentarios
 
11/01/2013 17:53
Si la extinción fue entre las fechas que dices y la empresa no pago el 100% de la indemnización, la puedes reclamar al fogasa.

Asesor Laboral
http://lowcostlaboral.jimdo.com/
11/01/2013 15:58
Bueno, aparte de eso, ¿alguien puede aportar mas información?
11/01/2013 12:10
El tope ya no es el triple del SMI, en julio Rajoy lo bajo al doble del SMI .
Tramitacion al fogasa.
11/01/2013 11:51
Buenos dias,he leido la normativa de los pagos directos del fogasa para empresas de menos de 25 trabajadores que hay 4 supuestos, yo me voy a referir a uno y dice:
Por las extinciones a partir del 12-2-2012 hasta el 7-7-2012,
resarcimiento a la empresa de una parte de la indemnización, equivalente a
8 días de salario por año de servicio, en caso de despido objetivo o
colectivo, conforme a los arts. 51 y 52 del E.T. o art. 64 de la Ley
Concursal, siempre que se tratase de un contrato indefinido, con el tope del
triple del SMI y una anualidad.
¿En este supuesto solo puede reclamar la empresa el 40-8% si ha pagado el 100% al trabajdor, pero y si la empresa solo ha pagado el 60%, no hay posibilidad que el 40%-8 dias lo pueda reclamar el trabajador?? he mandado un email al fogasa pero en vez de contestar concretamente a este caso, me han mandado la normativa. Muchas gracias!!