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Trafico

14 Comentarios
 
Trafico
10/03/2015 13:09
Mi tema es que el otro día me paro la guardia civil en un control con mi ex mujer, presente los papeles del coche que estaba todo en regla, y al pedirme el carnet dije que no lo llevaba y el mismo guardia dio por hecho que era otra persona y me dijo que prosiguiera.
El asunto es que yo no tengo carnet, pasados 12 días se presentaron en casa de mi ex diciéndola que está imputada porque iba en un coche conducido por su pareja y que este no tenía carnet.
Ya que me dejaron pasar creyendo que era otra persona. Ahora pueden rectificar y querer denunciarme por no tener carnet,” a día de hoy en ningún momento saben quién soy, ni tampoco se me ha solicitado que me acredite con mi DNI ante ningún agente ni juzgado”
¿Sería posible denunciarme a sabiendas de que ningún agente me pidiera mis datos o DNI en ese control, por un suponer suyo, días después se diera cuenta que no era yo esa persona?
¿Y a mi ex la pueden imputar?


10/03/2015 13:50
Lo siento, no entiendo. ¿el agente te confundio con otra persona, o tu dijiste que eras otra persona? ¿por que esta imputada tu ex mujer, es ella la titular del vehiculo? De ser asi, no estaria penalmente imputada, sino denunciada por el art 9bis 1B de la Ley de Seguridad Vial, pero seria una denuncia administrativa.
Si no saben quien eres ¿como van a denunciarte?
¿No te denunciaron por no mostrar el permiso de conducir? Aun cuando tengas permiso, tambien tienes obligacion de llevarlo y mostrarlo a los agentes, si no, estas incumpliendo el art 3.2 del Reglamento de Conductores

Por ultimo, si se puede demostrar que tu conducias y que no tienes carnet, si que se pueden instruir diligencias a posteriori
10/03/2015 14:25
El coche está a nombre de la hija de mi ex, y es menor de edad.
Lo que la han querido obligar a mi ex es a decir que ella tiene que confirmar que el vehículo lo conducía yo y si no lo se le confirma a ellos verbal mente en plena calle la imputarían por cometer un delito.
Pueden hacer estas amenazas a mi ex?
Hoy mismo la han dicho que me diga que me pase por el cuartel para identificarme y que de fe que conducía ese día yo y darme una notificación.
Pregunta, porque se la tiene que imputar a ella, si no ha hecho nada?
Porque la amenazan para que ella verifique verbalmente que conducía yo?
porque después de días se rectifican y quieren que voluntaria mente lo confirme, que pasaría si yo lo niego todo ya que en ese momento ni en otro momento no se mea identificado, dan por hecho que soy yo sin a verme identificado aun.
Ya que si tenían alguna duda deberían en ese momento deberían llevarme al cuartel para la posterior identificación seria suya la responsabilidad y obligación, no?
No días después, si lo niego que era yo, como lo demuestran? Que era yo si no me pidieron ninguna documentación?, gracias
10/03/2015 14:49
muchas preguntas, a ver si puedo contestar algunas.

Existe la obligacion de todo titular de un vehiculo de impedir que sea conducido por alguien que no tiene permiso de conducir. Pero por ese motivo no se le puede imputar penalmente.
Si hubo alguna otra infraccion de trafico (por ejemplo, no respetar la luz roja de un semaforo), y no se sabe quien es el conductor, se puede requerir al titular para que lo identifique. Si el titular identifica a un conductor que no tiene ni ha tenido nunca permiso de conducir (o que ha perdido vigencia) se pueden instruir diligencias.
Si una vez identificado como conductor por el titular, tu niegas, se instruye un nuevo procedimiento contra el titular por no haber identificado al conductor (procedimiento administrativo, no penal)
10/03/2015 15:13
Gracias, pero el titular es una niña de 11 años, y mi ex no sabe que yo carezco del permiso, se que an metido la pata por no identificarme en su momento y ahora quieren que nos auto inculpemos, si lo negamos todo que ocurriria ya que ellos no an identificado al conductor, visual mente ni documentada mente a dia de hoy, cuando prescrive esta supuesta denuncia si esque se puede proceder a ella por carecer de pruevas y basandose de meras imaginaciones de los agentes?, gracias y un saludo.
10/03/2015 15:13
Gracias, pero el titular es una niña de 11 años, y mi ex no sabe que yo carezco del permiso, se que an metido la pata por no identificarme en su momento y ahora quieren que nos auto inculpemos, si lo negamos todo que ocurriria ya que ellos no an identificado al conductor, visual mente ni documentada mente a dia de hoy, cuando prescrive esta supuesta denuncia si esque se puede proceder a ella por carecer de pruevas y basandose de meras imaginaciones de los agentes?, gracias y un saludo.
10/03/2015 16:17
Usted ha cometido al menos un delito contra la seguridad vial, como ha sido conducir sin carné poniendo además en riesgo a la persona que iba en el vehículo, a quien había ocultado que no podía conducir, ha la cual ha puesto en un grave compromiso a su exesposa al situarla al borde del delito de obstrucción, pone en peligro a la ciudadanía la conducir sin la preceptiva licencia y además se ríe de los agentes de la Fuerza Pública, al considerar que todo eso son "meras imaginaciones" de ellos, que están cumpliendo con su deber de protegernos de gente como usted.
Lo que está planteando en este foro (después de confesar su delito) es la forma en que puede burlar a la Justicia y a las personas que le rodean, para seguir cometiendo delitos impunemente.
Este es un foro para debates legales, no para depurar técnicas delictivas y tomar a los demás por idiotas. Entre en misdelitos.com y cambie impresiones con sus congéneres.
10/03/2015 23:41
Como se tiene una informacion muy sesgada de los hechos, porque no sabemos si la Guardia Civil ( que presta servicio en pueblos) despues de dejarle marchar ha comenzado a hacer gestiones y resulta que ya saben que usted era el que conducia vaya usted a saber. Esto una elucubracion mia, porque realmente no se lo que habra pasado.

A parte de lo dicho por Juan Carlos, es posible que a su ex mujer, lo que esta tratando la Guardia Civil es poder imputarle como Cooperadora Necesaria en el delito que usted cometio. Tendran que acreditar que su ex mujer era conocedora de que usted no habia obtenido nunca el permiso de conducir.
La Guardia Civil no sabemos porque no le identifico bien en su momento, pero lo que esta claro que debieron sospechar y estan realizando ahora su trabajo, que es investigar los delitos publicos que se produzcan en su demarcacion. Y usted ha cometido un delito publico, y ellos ahora estan investigando los hechos.
Al tratarse de un delito, en virtud de lo dispuesto en el Codigo Penal este prescribea los cinco años.
Ya nos ira contando.
11/03/2015 08:57
Lo de cooperadora necesaria no lo veo para estos casos, la verdad.
El delito cometido esta tipificado en el art 384 CP delitos contra la seguridad del trafico. La obligacion del titular de impedir que una persona sin permiso de conducir conduzca su vehiculo viene impuesta en LSV, por tanto da lugar a una infraccion administrativa, no penal.
(como ya dije, art 9bis 1B LSV)
El hecho de que la titular registral del vehiculo sea una menor, no implica que no exista responsabilidad: para matricular un vehiculo a nombre de un menor, se exigen tambien los datos de su padre/madre/tutor, que seran los responsables. Si no, seria jauja, se matriculan todos los coches a nombre de menores, y ya no se pagaria ni una multa de las que van a titular...

11/03/2015 11:33
Siento discrepar estimada Sarapiki.
Como quiera que estamos en Derecho penal, habrá que acudir al caso concreto, pero en los casos en los que el titular de un vehículo o poseedor del mismo, se acredite que tenia conocimiento que el conductor que conducía el mismo no había obtenido nunca un permiso de conducir, es muy probable que sea condenado como cooperador necesario en delito del articulo 384 CP.
Evidentemente, será difícil de probar en personas que no se conocen, pero casos de padres a hijos, entre hermanos, conyuges... hay unos indicios bastantes para considerar que lo hacia con conocimiento de que el conductor no tenia permiso de conducir.
No obstante, la Instrucción de la Fiscalia de Madrid 1/2011, ( entre otras) disponen que en casos en los que un titular deje un vehículo a un conductor sin permiso, teniendo conocimiento de ello, se formulará acusación por cooperador necesario.
LA Sentencia del Juzgado de lo Penal nº 2 de Pamplona de 18 junio 2010, condeno como Cooperador necesario a un padre que dejo a su hijo conducir a sabiendas que no tenia permiso de conducir, habida cuenta de que le estaba enseñando a conducir por vías publicas.
Hay que acreditar ese conocimiento de que se deja conducir a una persona sin permiso , pues si no se acredita, es muy probable la absolución, como ocurrió en la SAP d. La Rioja 147/2011, de 22 de julio, en la que no quedo acreditado que dejaba el vehículo a una persona, sin conocer que no disponía de permiso de conducir.
En esos casos, lo que tendrá que hacer los agentes de la Autoridad atendiendo a las circunstancias concretas del caso, es formular denuncia por el articulo 9 bis LSV, realizar atestado por ese delito, y en virtud de lo dispuesto en el articulo 72 LSV, quedar paralizado el procedimiento advo, hasta tanto recaiga sentencia firme en vía penal.
Saludos.



11/03/2015 12:40
Muchisimas gracias por toda esa informacion, topi, porque yo desconocia que hubiera sentencias en relacion con ese asunto, ni en un sentido ni en otro. Supongo que depende del/la fiscal. Si tengo conocimiento de dos casos, curiosamente tambien con menores, uno de 13 años y otro de 15, en el primero acompañado de su padre, en el segundo conduciendo un coche ajeno y sin acompañar por un adulto, y la fiscalia paso del tema. En Castilla y Leon
11/03/2015 12:43
matizo auin mas. Paso de AMBOS temas, del delito de conducir sin haber obtenido permiso o licencia, y de la posible responsabilidad del padre por permitir que el hijo menor condujera
11/03/2015 18:15
La fiscalía va por barrios, por ejemplo, he visto archivar de entrada casos por tráfico de drogas por considerar el fiscal ausencia de indicios suficientes y otros casos que con menos indicios acaban en condena...
11/03/2015 22:38
Topi, excelente exposición la tuya.
12/03/2015 23:33
Gracias a Juan Carlos y Sarapiki.
Aquí aportamos cada uno lo que creemos entender de un determinado debate.
A Sarapiki y a Juan Carlos, cuando leo vuestras intervenciones las leo con atención porque son muy buenas y con rigor Juridico.
Saludos.