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Trabajos puntuales

1 Comentarios
 
22/06/2016 11:59
Se trata de una actividad profesional, lo que sucede es que según las circunstancias tendrá una consideración u otra y según en que ámbito.

A efectos de Seguridad Social: estaría obligado a darse de alta como profesional o autónomo si la actividad se considera "habitual", aunque el criterio que se utiliza no es temporal sino de volumen de ingresos. Si tiene ingresos equivalentes más o menos al salario minimo (9.172 euros en 2016) en cómputo anual: por ejemplo, aunque sean 2 o 3 informes anuales, si por todos ellos factura más de ese importe.

A efectos fiscales: tendrá que incluir en su declaración de Renta cualquier importe cobrado, por pequeño que sea.

A efectos de incompatibilidades: aquí da igual el volumen o si es un trabajo habitual o no. Habrá que ver lo regulado en el Estatuto del Empleado Público y/o otras normativas aplicables... Si el trabajo realizado es exactamente del mismo sector yo creo que sería incompatible, ya que se podría beneficiar de i nformación obtenida a partir de su condición de empleado público... De cualquier forma, si no me equivoco aunque sea actividad compatible tiene que solicitar una autorización, por lo que si se la dan no hay problema y si se la deniegan pues no podría realizarla, pero no puede vd valorarlo por su cuenta.
Trabajos puntuales
22/06/2016 10:52
Buenas,

Soy empleado público y mi consulta es acerca de las incompatibilidades para llevar a cabo otras actividades profesiones.

Soy informático y en alguna ocasión me ofrecieron realizar alguna auditoría, o algún informe pericial. Sería como mucho entre 2-3 informes anuales en los cuales presentaría una factura.
¿Se considera esto una actividad profesional? Yo entiendo que no, al ser trabajos puntuales. Por lo tanto, no es necesario solicitar la compatibilidad con mi trabajo en la administración.

Me gustaría conocer vuestra opinión al respeto.

Un saludo