hola,se me olvido deciros que tengo 30 dias de trabajo para la comunidad,todavia no me han llamado hace 4 meses,¿de que se trata,y si empiezo a trabajar,se puede negociar con los del penal y pagar,se puede alegar algo?muchas gracias.
Cuando te condenaron te tuvieron que preguntar si preferías trabajo en beneficio de la comunidad u otra pena, quizzás multa, no?No sé como andarán los plazos, pero si se da esa situación habl con tu abogado para que presente algún escrito a ver si es posible el cambio por multa o incluso hacerlo en horario no laboral, yo creo que se puede solucionar, pero es mejor que lo hagas a través de tu abogado...
Dado que actualmente existen muchos tipos penales para los que se recurre a la pena de trabajos en beneficio de la comunidad (malos tratos, conducción alcohólica,...) cuando te van a imponer dicha pena, solicitan del acusado su conformidad a prestar trabajos en beneficio de la comunidad, por cuanto, sin la conformidad del condenado no se puede imponer, personalmente, siempre que prisión y trabajos son penas a imponer por parte del juez, prefiero, siempre que no tenga antecendentes computables, que le impongan la de prisión, por cuanto, firme ésta solicito la suspensión de la misma conforme al art.80 y ss del CP, y normalmente, si el cliente se porta bien pues finalmente no la cumple por estar en suspenso, cosa que no pasa con TBC.
Cuando una sentencia adquiere firmeza, se pasa a ejecutoria, desconozco si estamos ya en esa fase, y se remite la misma a Asuntos sociales para el cumplimiento de la pena de TBC, y es muy normal que tarden tanto, una vez te requieran para acudir a asuntos sociales, acudes y ahi te hacen una entrevista en la que tienen presente tu trabajo y sus horarios a fin de afectarlo en la menor medida posible, se trata de realizar trabajos para cruz roja, cáritas o cualquier institución benéfica que solicite personal, de ahí que se tarde tanto, porque precisa de la colaboración de las administraciones y distintas instituciones.
La sustitición de la pena impuesta depende mucho de si la que pretendes sustituir entraba dentro de las posibilidades del juez cuando se impuso, si es así, puedes presentar escrito pudiendo su sustitición pero probablente te desestimarán la misma, por cuanto, tal posibilidad fue resuelta ya por el juez a quo y finalmente se desencantó por ella.
Cocoli, si quieres un consejo manten los tbc, si te llaman para ver si estás de acuerdo con un posible tbc di que no, como no puede obligarte al final, tal y como están a hora las cosas, lo más probable es que no los cumplas nunca.
Gran consejo el anterior... guárdelo como paño en oro, por si acaso no colara lo de decir que no a la propuesta, ya que le podrían imputar un delito de quebrantamiento de condena, y siempre podría decir que fue Santiagogarrido quien le indujo a ello. No le serviría de nada, pero ya se sabe que las penas compartidas son menos penas.