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Trabajo tarjeta residencia

8 Comentarios
 
Trabajo tarjeta residencia
18/04/2010 19:15
Muy buenas.
Les comento mi caso;tengo 20 años y estoy estudiando.Pero queiro trabajar,sin embargo no puedo porque tengo la tarjeta de residencia permanente,pero como reagrupado y en ella dice que no puedo trabajar.Hace poco lei un anoticia que decia que segun la ley de estranjeria si que podia trabajar,porque ella me habilitaba para ello,y que tenia que ir a la Delegacion de Gobierno a hacer tramites,pero no se si esa noticia es cierta.asiq eu les agradeceria que me dejesen si es posible trabajar siendo reagrupado,o si es verdad lo de esa ley.

Otra pregunta,estoy recopilando mis documentos para solicitar la nacionalidad,pero no dispongo de trabajo,ni de paro,creen que me concederan la nacionalidad.,y si presento esos papeles ,pero de mi padre,pues estoy estudiando y dependo de el.

Les agradezco su respuesta.
Saludos
19/04/2010 13:07
Hola Josue,

Lo primero es que si podrías trabajar pero tendrás que modificar tu tarjeta de residencia actual, con una oferta de trabajo.

Por otro lado, sobre la nacionalidad también puedes optar a la adquisición de la nacionalidad española, justificando tus medios de tu padre que es de quien dependes. Si necesitas ayuda con uno u otro trámite puedes contactar con nuestro despacho.

Saludos,


Maciel
Extranjería e Inmigración
massi1era@hotmail.com
Te comento, como bien sabes la ley ha cambiado por lo tanto ahora si que puedes trabajar como reagruado si tienes edad laboral como es el caso. Entonces, lo que tienes que hacer es un trámite de modificación
19/04/2010 14:25
Hola Maciel;

como abogada de extranjería en Palma de Mallorca quisiera comentarte lo siguiente: por lo menos aquí, la Delegación de Gobierno en Baleares no exige trámite alguno de modificación, tras la reforma de la Ley Orgánica de Extranjería, para que un ciudadano con autorización de residencia no lucrativa dependiente (reagrupación familiar) puede trabajar. Automáticamente la Seguridad Social le asigna un número de afiliado, con el mismo permiso no lucrativo.

Simplemente, a modo de curiosidad, para ver si otra vez nos hallamos ante un criterio dispar entre CC.AA. como a menudo ocurre.

Un saludo y felicidades por tu activa labor en el foro.


19/04/2010 16:27
Hola Nausi,

Gracias por el comentario! Lo tendré en cuenta y de hecho lo voy a sugerir para posteriores casos, ya que tiene bastante sentido lo que dices debido a la modificación de la ley de extranjería.

Aquí en Madrid por lo pronto para tramitar el Número de Afiliación en la Seguridad Social lo normal es que se presente una resolución que autorice a trabajar para darte la afiliación y posterior alta en el Sistema de Seguridad Social.

Saludos,
19/04/2010 18:40
Hola Maciel y Nausi,muchisimas gracias por responder.
Solo una duda mas,donde tengo que hacer el tramite de modificacion que citas Maci?.Puesto que vivo en Madrid supongo que sera imprescindible la oferta de trabajo,lo que pasa que hoy por hoy me esta resultando muy complicado encontrar alguien que me haga dicha oferta.
AL respecto de lo que dice Nausi,si me trasladase a otra comunidad(Navarra,o Baleares,puesto que tengo familia alli),podria solicitar en nº de Seguridad Social(o el cambio de tarjeta),sin la oferta de trabajo,o con una oferta parcial o por horas,lo digo por lo dicho,aqui en Madrid me cuesta mucho conseguir la oferta(las empresas a las que he ido no han querido darme la oferta,y a la hora de contratar se hechan para atras al ver que en mi tarjeta pone:No autoriza a trabajar).
Bueno muchas gracias de nuevo por contestar.

Saludos
19/04/2010 18:44
Hola,

No pero si aún no tienes trabajo, no tienes necesidad de solicitar el número de afiliación ni nada de eso. Es decir, si tienes la oportunidad de un empleo, en dado caso explícales que si puedes trabajar aún cuando tu tarjeta diga lo contrario. Los empleadores están muy enterados de este tema de extranjería.

En cualquier caso, y mientras puedes ir tramitando tu nacionalidad con los medios de vida de tu padre. No creo que haya necesidad de que traslades tu residencia para poder trabajar, ya que la propia ley te da esa prerrogativa (facultad).

Saludos,

19/04/2010 18:55
Ok, Maciel,tengo una entrevista de trabajo y les dire eso.Con todo he leido que se puede pedir en la Delegacion de Gobierno una nota informativa o intruccion que podria presentarles a las empresas,asi que ire a pedirla.
Muchas gracias la verdad que es que me has ayudado mucho.

19/04/2010 19:25
Si Josue, aqui en Mallorca, Delegacion de Gobierno de Baleares y en el resto de islas, puedes trabajar sin modificar tu permiso, alegando directamente el art. 19 de la reciente reforma de la L.O. 4/2000. Según reciente circular que emitió el Ministerio de Trabajo e Inmigración y que difunde la Delegación en Baleares, la modificación sólo es necesaria (con oferta de trabajo) si se quiere una tarjeta independiente del reagrupante. Algo que no obsta ya para trabajar.

Saludos a ambos y Maciel, si te interesa la mentada resolución para verla o por curiosidad, sólo pídemela y te la envío. Está fechada a diciembre de 2009.

Abrazos, y a Josue, suerte.
19/04/2010 20:07
Hola,

Si por favor, envíamela si la tienes. Muchas gracias! y estamos hablando. Mi correo como sabes es massi1era@hotmail.com

Saludos,