Trajo desde hace algo más de 5 años en una empresa por cuenta ajena y a la vez como autónomo durante todo el tiempo.
Ahora en la empresa por cuenta ajena me acaban de despedir, el día 19 y quiero saber si me doy de baja como autonoma el día 30 puedo cobrar la prestación por desempleo.
Mientras el titular del derecho realice un trabajo por cuenta ajena de duración inferior a doce meses, o mientras el titular del derecho realice un trabajo por cuenta propia de duración inferior a veinticuatro meses.
Entiendo que mientras estés trabajando como AUTONOMA por un tiempo inferior a los 24 meses, el derecho esta a la prestacion por desempleo esta suspendido.
24 meses a partir del despido de la empresa por cuenta ajena.
Por tanto puedes seguir trabajando como AUTONOMA 24 meses y DESPUES pedir la PRESTACION.
Si alguien lo puede confirmar o tiene otra idea mejor.
Si el día 19 que se produce el desempleo estás de alta en RETA existe incompatibilidad en la fecha en que podrías empezar a percibirlo. No te lo aprobarán. Y nada cambiará aunque te des de baja antes de 2 años.
Saludos