Hola a todos. mi cuestión es la siguiente, tengo dos hijas rearupadas por regimen comunitario, a una de ellas le pusieron una reseña atras donde la limita para trabajar, mi pregunta es la siguiente, ¿ porque la nueva ley solamente favorece a los reagrupados por otro tipo de regimen?
La reagrupación y el derecho a trabajar de los reagrupados, entiendo que debe interpretarse de manera que favorece también a los reagrupados comunitarios. Incluso en el un apartado (artíxulo 18bis, numero 2) del tema de reagrupación familiar hace referencia a que este derecho puede ser ejercido por miembros de la UE por tanto también le repercute en cuanto a beneficios o derechos como los de este tipo.
Saludos,
Maciel
Extranjería e Inmigración
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