Yo creo que si.
Se puede cobrar hasta 3000 euros anuales sin problema (criterio de la inspeccion de hacienda), a partir de esta cantidad habria que darse de alta en el censo.
No es relevante el estar dado de alta en autonomos.
Se puede realizar de forma puntual un trabajo (completar una base de datos desde casa) y cobrar con un recibí si no se está dado de alta como autónomo?? Hasta que cantidad? o cuantas veces??
Muchisimas gracias por vuestra ayuda