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trabajo familiar sin alta

2 Comentarios
 
13/09/2011 17:42
Gracias por responder
13/09/2011 17:09
Son autónomos el cónyuge y los parientes hasta el segundo grado por consanguinidad (padres y hermanos), afinidad (suegros y cuñados) y adopción, que colaboren con el trabajador autónomo de forma personal, habitual y directa, no tengan la condición de asalariados y reúnan las condiciones necesarias.

Son autónomos familiares, salvo que se demuestre la condición de asalariados de quienes los llevan a cabo. Se considerarán familiares, a estos efectos, siempre que convivan con el empresario, el cónyuge, los descendientes, ascendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive y, en su caso, por adopción.
Trabajo familiar sin alta
13/09/2011 09:42
Hola, me han dicho que una hija puede ayudar a su padre trabajando en la empresa de éste porque se va a jubilar (no se sabe cuando) y que no necesita estar de alta en la Seguridad Social en ninguno de sus regímenes.
Sabeis algo de esto?
Un saludo