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trabajo en reagrupacion familiar

2 Comentarios
 
07/05/2008 20:12
Los documentos pueden variar entre provincias, que se acerque el chico a la oficina de extranjeros y pregunte que documentación deberás llevar ese día.

Un saludo.
07/05/2008 14:57
Los extranjeros que se encuentren en España durante, al menos, un año en situación de residencia legal, podrán acceder a la situación de residencia y trabajo por cuenta ajena cuando el empleador, como sujeto legitimado, presente la solicitud de autorización para residir y trabajar y se cumplan los requisitos laborales exigidos en el artículo 50, excepto los párrafos a y f. Excepcionalmente podrá acceder a la situación de residencia y trabajo, sin necesidad de que haya transcurrido el plazo de un año, el extranjero que acredite una necesidad por circunstancias sobrevenidas de trabajar para garantizar su subsistencia.


Trabajo en reagrupacion familiar
05/05/2008 19:18
Buenas Tardes!
tengo una cita dentro de dos semanas en extranjeria y me gustaria como empresario ayudar a una chico, su mujer tiene permiso de residencia permanente y autoriza a trabajar, y el solamente permiso de residenciA TEMPORAL PRIMERA RENOVACION, NO AUTORIZA A TRABAJAR,me gustaria saber si alguien me puede ayudar a saber que tiene que presentar en extranjeria para poder trabajar y obtener su correspondiente permiso de trabajo.
muchas gracias

saludos