Hola buenos dias , quisiera saber si alguien le ha pasado lo mismo que a mi , mi ex jefe me contrato a jornada partida ,aunque trabajaba la jornada completa , con la escusa de que solo seria en el periodo de prueba,despues de cuatro meses el trabajo disminuye y me despiden indicando en todo momento que en cuanto huviera trabajo me readmitirian , ya os digo que no fue asi, y se de buena tinta que el trabajo aumento . Bien cual es mi sorpresa cuando al solicitar el subsidio , aun estando con un hijo a cargo , madre divorciada, me indican que mi prestacion corresponde a la mitada , es decir 213€ al mes. Y me tengo que administrar , callar porque no se pude hacer nada mas???? No me parece nada de justo , y me repugnan los empresarios que juegan con el pan de tantas familias , por ahorrarse , ellos que si que tienen , cuatro cochinos duros ....IDGNACION Y SOBRE TODO UN SENTIMIENTO DE DESPROTECCION .
La base reguladora diaria es la media de los últimos 180 días efectivamente cotizados. Independientemente de si el último contrato es a tiempo parcial o a tiempo completo no varía el resultado de la media.
Por otra parte, la cuantía de la prestación no depende exclusivamente de la base reguladora, sino de los topes máximos y mínimos vigentes en el momento de adquirir el derecho a desempleo. El último contrato determina el porcentaje de los topes que se tendrán en cuenta a la hora de confeccionar la nómina. Por lo tanto, se puede tener una base reguladora alta, pero si la situación legal de desempleo lo da un contrato de media jornada, no se cobraría más del 50% del tope máximo vigente. Y viceversa, se puede tener una base baja, pero si el contrato es a tiempo completo, por lo menos cobras el tope mínimo al 100%.
Cuidado con la picaresca. Artículo 26 de la Lisos.
Saludos.
Buenas noches: a mí me ha pasado un caso similar y lo he preguntado en el INEM y tienes razón, por raro que parezca, puedes trabajar 30 años a media jornada, que la media de lo que te quedará será los seis primeros meses el 70% de la media de las 6 últimas cotizaciones y después el 60%. PERO LO MEJOR DE TODO ES QUE SI TRABAJAS UN DIA MAS A JORNADA COMPLETA, NO TE HARÁN LA REDUCCIÓN PROPORCIONAL A LAS HORAS QUE TRABAJABAS. Es decir, se miran los 6 ultimos meses pero LA ULTIMA JORNADA. con eso puedes jugar.
Tengo cotizados 12 años pero mi último trabajo ha sido un contrato por obra y servicio en el que he estado casi un año, pero que ahora ha finalizado. Este trabajo era a media jornada y me han dicho en el INEM que el paro que me quedaría es de media jornada. He consultado a una amiga que le pasó algo parecido, y después de eso trabajó unos días de camarera a jornada completa haciendo una sustitución y entonces el paro le quedó de jornada completa. Mis bases de cotización son altas, por lo que me interesa que me quede un paro a jornada completa.
¿se puede hacer eso? este último contrato ha sido por finalización de obra.
Gracias