Un compañero y yo hemos estado trabajando para una nueva empresa desde septiembre de 2003, la empresa no fue dada de alta hasta enero de 2004. El caso es que desde el principio el dueño de la empresa nos dijo que para el mes siguiente (octubre 2003) ya tendriamos contrato, esto nunca se cumplió, hemos trabajado de buena fe hasta que el 5 de febrero de 2004 nos dijo que ya no hay trabajo y cierra la empresa. Hemos estado cobrando el sueldo pactado (siempre 20 ó 30 dias despues) y nos ha costado mucho que nos pague el mes dediciembre de 2003, ahoa no nos quiere pagar el mes de enero ni por supuesto los 5 dias de febrero.
¿Que podemos hacer para cobrar el mes y 5 dias que nos debe?
¿Seria buena idea denunciarle por tenernos de forma ilegal -sin contrato- trabajando para el? ¿que podemos salir perdiendo nosotros? ¿que cóste nos supondria el proceso?
Sui idea es irse a Alemania a vivir, puede suponer esto un problema para que la justicia se cumpla?
Decidnos por favor en que ley nos podemos apoyar.
Gracias por vuestras prontas respuestas y ayuda.
Jose G
Autor: Miguel Rubiño Fecha: 06/03/2004
Jose Garcia, hombre de Dios, creo que el supuesto que planteas es de libro, solo hay que probar con los medios admitidos en derecho, documental, testifical, etc que habeis trabajado y que por dicho trabajo os pagaba aunque tarde, mal y nunca. No perdeis nada y es aconsejable que primero denuncies ante la Inspección de Trabajo y a la vez, demandar de conciliacion y despues ante el Juzgado. Tambien puedes presentar demanda ante el Juzgado y pedirle al Juez que adopte alguna pedida cautelar dados los indicios de que el empresario se va Alemania. Lo que no cabe duda es que debeis consultar con un abogado, libre o de algun sindicato, creo que el supuesto merece la pena, son vuestros derechos, no solo economicos, tambien sociales. Es importante recurrir a un profesional que al fin al cabo no es tan caro. En mi Ciudad hay algun despacho de afamados laboralistas que solo cobran si ganan. Y si ganan, el 10% sobre la cantidad que perciba el trabajador. En que provincia estas?.Espero haberte ayudado un poco.
Autor: Jose Garcia Fecha: 07/03/2004
Hola Miguel
Pues estoy en la provincia de Madrid, en Aranjuez. Este empresario en realidad pasa mucho tiempo de viaje alli en Alemania y ya ha vendido su casa de Aranjuez, volvera el fin de samana que viene pero posiblemente sea la ultima vez. ¿será posible hacer justicia aunque el se vaya a Alemania?
Por otro lado yo estaba y estoy en paro, cobrando prestacion es por desempleo mientras he estado cobrando en negro lo que el me pagaba hasta que dejó de hacerlo, esperando un contrato que nunca llegó. Yo desde luego de haber sabido que el retraso del contrato se iba a retrasar tantos meses no hubiese accedido a cobrar en negro varios meses. ¿realmente piensas que no tengo nada que perder si he estado cobrando el paro?
Es totalmente factible demostrar que he estado trabajando para el, tengo documentos, reservas de hotel de viajes de trabajo en Navarra y ademas con cierto riesgo (es posible que esto agrave la situacion del empresario), testigos seguramente tambien seria posible conseguir.
Si en estos proximos dias no se decide a pagar estoy dispuesto a denunciar si es viable.
Espero tu ayuda.
Muchas gracias.
Jose, si tienes pruebas, documental, testifical, adelante. No pierdad ni un momento. Piensa antes, si lo que supuestamente vas a perder, me refiero a las prestaciones por desempleo e incluso alguna sancion puedes tener, pesa más que lo que vas a sacar reclamando tus derechos. Salario adeudado, cotizaciones y de ellas, prestaciones sociales, indemnizacion por despido etec etec. Hay que sopesar y decidirse por lo que realmente interese mas. Te puedo decir que en Madrid, no se si estara en Aranjuez tambien, tienes muchos y buenos profesionales, pero yo escuche una vez en una ponencia a un gran profesional que se llama Roman Gil Alburquerque o Alburqueque (no lo se ). Creo que si ese os coje el tema, os sacara todos vuestos derechos, sin duda. Hacer Justicia si el se va a Alemania. Creo que lo importante es saber si tiene bienes en España. Si es insolvente, sabes que el FOGASA te paga indemnizaciones a razon de 25 dias por año con el limite de una anualidad de salario y calculado con el limite del doble del salario minimo interprofesional; tambien abona, em ambos supuestos te aconsejo sentencia, 120 dias de salarios impagados por insolvencia del empresario con el mismo limite (2 SMI).