Hola a todas/os:
Mi mujer y yo tenemos un apartamento en un edificio que comprende 18 pisos. Existe una señora que se encarga de la limpieza que suele realizar su trabajo casi a diario durante los meses de verano y un par de veces el resto de meses cobrando por ello alrededor de 300.00€. No tiene contrato y nuestra intención es proponer en junta que se le haga uno para evitar posibles multas. El hecho es que esta persona cobra pensión de viudedad y en su momento cuando se le planteó esta posibilidad no quiso que se le hiciera contrato.
He realizado algunas averiguaciones y veo que la multa que nos podría caer por no tener en regla a esta persona es de un máximo de 10000.00€ si no cobra prestación alguna.
Sé además que esta persona podría trabajar y cobrar la pensión dado que legalmente lo permite.
Necesito que alguien me aclare si el tope de 10000.00€ en el caso de trabajador sin cobrar prestación se puede ver incrementado con al situación que expongo dado que esta persona cobra pensión de viudedad.
También saber si el trabajador tiene algún tipo de sanción dado que se niega a que se le haga un contrato de trabajo.
Gracias.
a.-Dar ocupación como trabajadores a beneficiarios o solicitantes de pensiones u otras prestaciones periódicas de la Seguridad Social, cuyo disfrute sea incompatible con el trabajo por cuenta ajena, cuando no se les haya dado de alta en la Seguridad Social con carácter previo al inicio de su actividad.
Artículo 22. Infracciones graves.
Se consideran infracciones graves las siguientes:
Iniciar su actividad sin haber solicitado su inscripción en la Seguridad Social; no comunicar la apertura y cese de actividad de los centros de trabajo a efectos de su identificación; y las variaciones de datos u otras obligaciones establecidas reglamentariamente en materia de inscripción de empresas e identificación de centros de trabajo o su no transmisión por los obligados o acogidos a la utilización de sistemas de presentación por medios informáticos, electrónicos o telemáticos.
No solicitar la afiliación inicial o el alta de los trabajadores que ingresen a su servicio, o solicitar la misma, como consecuencia de actuación inspectora, fuera del plazo establecido. A estos efectos se considerará una infracción por cada uno de los trabajadores afectados.
Las infracciones señaladas en los artículos 22.2 y 23.1.a) se sancionarán:
La infracción grave del artículo 22.2 se sancionará con la multa siguiente: en su grado mínimo, de 3.126 a 6.250 euros; en su grado medio, de 6.251 a 8.000 euros y, en su grado máximo, de 8.001 a 10.000 euros.
La infracción muy grave del artículo 23.1.a) se sancionará con la multa siguiente: en su grado mínimo, de 10.001 a 25.000 euros; en su grado medio, de 25.001 a 100.005 euros y, en su grado máximo, de 100.006 a 187.515 euros.
En todo caso tú mismo puedes mirar las sanciones en esta web.
Trola:
Según la información que me aportas -que se agradece- en el caso que he expuesto la sanción que nos puede caer está tipificada en el artículo 23.1.a) como infracción muy grave a falta de determinar su grado.
Mal asunto para nosotros porque si la persona que realiza la limpieza se niega a firmar un contrato en toda regla entonces corremos el riesgo de que nos multen dado que no podemos "obligar" a esta persona por si la misma nos amenaza con denunciarnos ¿Cierto?.
¿A alguien se le ocurre otra salida?.
Vamos a ver, muy mal el hecho de tenerla sin asegurar todo este tiempo.
Ahora bien, si esta persona no quiere trabajar conforme establece la legislación, que no lo haga, no la deis trabajo que habrá muchas otras personas que estén deseando realizar ese trabajo (en esta época si, en otras anteriores tengo mis dudas).
Finalmente, y aunque quizá es meterse en un lío, si realmente está trabajando podeis darla de alta en la S.S. y no hacer el contrato por escrito. Eso sí, en este caso va a requerir que os hagais de pruebas que demuestren su trabajo. El hecho de no hacer un contrato por escrito (que no es obligatorio) implica que el contrato se presume por tiempo indefinido y a jornada completa. Ahora bien, esta presunción de jornada completa se puede romper.
Conclusión: regularizar la situación lo antes posible y si esa persona no quiere, que deje de trabajar. Evidentemente, me imagino que lo que está buscando es no perder el complemento a mínimos o cualquier otra ayuda.
Preparad un contrato en condiciones.
El próximo dia que vaya a trabajar comunicarle que sin contrato no se puede trabajar.
Que el contrato esta a su disposición en tal sitio....
Convencerla que es un riesgo trabajar sin contrato, que las leyes no lo permiten, que seréis sancionados con multas elevadisimas.
Pero en ningún momento y a partir a ahora mismo no dejéis que coja ni una escoba ni un recogedor ni siquiera que entre a las instalaciones.
Esa es mi opinión
Trola/dsg29:
Gracias a ambos por vuestras recomendaciones e informaciones. Espero que en la junta de propietarios tengan a bien entender la situación que, ya os voy diciendo, no entienden ni quieren entenderlo.
Es posible que cuando vean la cuantía de la posible multa entren en razón de lo contrario será un muy mal asunto para nosotros.
La denuncia es confidencial.
Tambien puede escribir un carta con pelos y señales al Director provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
El director lo efectuará por oficio.
Un saludo
Lo que yo haría, si no entran en razón, es mandar un BUROFAX a la junta de propietarios, avisando de las medidas legales que vas a tomar para regularizar la situación laboral de la empleada.
Si siguen sin entrar en razón, procedería a denunciar ante la Inspección de Trabajo (presentando el burofax como prueba).
Es lo que hice yo en un caso en el que se incumplían las normas de protección contra incendios en mi comunidad de vecinos (no era igual, pero creo que puede servirte de orientación) .
Me lo aconsejaron el abogado al que consulté y el administrador. Según ellos, al haber enviado un documento por escrito, con valor legal, en el caso de que ocurriera un siniestro, estaba exenta de la responsabilidad de pagar las posibles consecuencias que se pudieran ocasionar.
En mi caso, funcionó muy bien.
Se arregló el problema en una semanita.