Hola, he tenido un caso de ansiedad laboral con 4 meses de baja, y descubro en el periodo que desaparece el PC de las instalaciones y el enfermo de baja realiza reuniones de trabajo a distancia y actualiza procedimientos en la base de datos de la red a distancia. Esto, ¿puede considerarse un caso de fraude a la seguridad social?.
Existen Correos electrónicos que afirman que se hizo en periodo de baja y actualización de documentos por escrito de esas fechas, además blanco baja era por ansiedad laboral y estrés.
Gracias por sus aportaciones.
¿Puede ser despido procedente o como?
Un cordial saludo.