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Trabajar en empresa con permiso de empleada de hogar

4 Comentarios
 
Trabajar en empresa con permiso de empleada de hogar
19/10/2011 18:27
Buenas tardes
El caso es que: he cambiado mi tarjeta de estudiante por la de empleada de hogar porque en ese momento no tenía otra opción (me la concedieron en 07-11). Ahora una empresa quiere contratarme pero en el regimen general. Es posible hacer un cambio, o simplemente me tienen que dar de alta?. Puedo tener problemas con la SS o mi empleador?

Muchas gracias por la ayuda.
19/10/2011 19:50
Hola. Si su tarjeta de residencia actual es de residencia y trabajo por cuenta ajena y entiendo que no tiene limitación geográfica ni de sector de actividad (las que son resultado de procedimientos de modificación de autorización de estancia por estudios a residencia y trabajo no suelen tenerlo), puede trabajar en cualquier actividad por cuenta ajena y en toda España.

Por tanto, si no hay limitación y dice simplemente RESIDENCIA Y TRABAJO CUENTA AJENA, significa que puede trabajar por cuenta ajena en cualquier actividad.

Un cordial saludo.
20/10/2011 09:37
Bunos días Condedecartagena

Muchas gracias por su respuesta. En mi tarjeta en la parte posterior esta ¨TEMPORAL CUENTA AJENA, EMPLEADO HOGAR , MADRID¨. ¿Esto quiere decir que no voy a poder trabajar en nada mas hasta un año despues? ¿Me puedo dar de alta en otra actividad?. ¿Que pasa con la empresa si presenta mis papeles?
Muchas gracias y saludos
20/10/2011 14:59
Hola. La respuesta a su pregunta la trae el art. 203 del Reglamento de la Ley de Extranjería:

"Artículo 203. Modificaciones de la autorización de residencia y trabajo.

1. Durante la vigencia de las autorizaciones iniciales de residencia y trabajo, el órgano competente por razón del lugar donde se vaya a iniciar la relación laboral o la actividad por cuenta propia que motiva la solicitud, podrá modificar su alcance en cuanto a la ocupación, sector de actividad y/o ámbito territorial de limitación, siempre a petición de su titular.

En el caso de que se trate de una modificación del alcance de una autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena, se tendrá en cuenta lo previsto en el artículo 64.3.a).
(...) "

Es decir, puede solicitar una modificación de ámbito de ocupación y sector de actividad, pero se necesitará, previamente, efectuar el trámite de acreditación de que la situación nacional de empleo permite la contratación, que es lo que dispone el art. 64.3.a), que a la vez, remite al art. 65, que es donde se regula al detalle el procedimiento para acreditar que, en efecto, la situación nacional de empleo permite su contratación. La permite si se trata de una ocupación catalogada como de difícil cobertura en la provincia por los Servicios Públicos de Empleo o cuando no constando en ese catálogo, el empleador acredite, previa publicación y gestión de la oferta en los correspondientes Servicios Públicos de Empleo, que no hay personal disponible para ocupar esa vacante. Si el resultado de la publicación de la oferta es negativo, entonces se expide un certificado en tal sentido al empleador, que permitirá que usted pueda ser contratada y entonces, será procedente el trámite de modificación de sector de actividad.

Es un procedimiento que, en todo caso, debe llevar de la mano con su futuro empleador.

Por tanto, la posibilidad de modificar, existe. Pero requiere de que haya voluntad de su empleador para apoyarla en el procedimiento y desde luego, debe tener en cuenta los plazos establecidos para la resolución. Con todo, la modificación no alterará la vigencia de su autorización de residencia inicial, que será hasta cuando ha sido concedida.

Un cordial saludo.
02/03/2018 20:57
Condedecartagena
Yo tengo la misma situación con la tarjeta (me han puesto empleados domésticos).
Pero en el documento de salida (favorable) tengo permiso de trabajo: todas las actividades!