art. 43.4 ET
Los trabajadores sometidos al tráfico prohibido tendrán derecho a adquirir la condición de fijos, a su elección, en la empresa cedente o cesionaria. Los derechos y obligaciones del trabajador en la empresa cesionaria serán los que correspondan en condiciones ordinarias a un trabajador que preste servicios en el mismo o equivalente puesto de trabajo, si bien la antigüedad se computará desde el inicio de la cesión ilegal
Hola, hace 4 años que estoy trabajando en una empresa pero el contrato me lo hicieron para otra empresa del mismo grupo que está en otra localización. Al momento de entrar a trabajar me dijeron que necesitaban trabajadores en esta otra empresa.
En el caso de que haya una inspección de trabajo, que me puede pasar? Multa para mi, para la empresa o par los dos?
Que me aconsejan que haga en el caso de que me cojan?
Gracias.