espero que me ayudeis(es un familiar que no tiene internet)tiene un contrato de 34 horas semanales de lunes a sabado,una semana trabaja de lunes a viernes 6 horas, la siguiente semana de martes a domingo(de lunes a viernes 6 horas, el sabado 4 horas y el domingo 5 horas ) el jefe le estaba dando hasta ahora el lunes de descanso cuando trabajaba sabados y domingos y ahora le dice que mi hermana le debe horas??? no entendemos?? Espero que podais ayudarnos.
vamos a ver, la primera semana 6 horas x 4 dias(m x j v )=24 horas
la segunda semana l m x j v a 6 horas x 5 dias= 30 horas 4 horas del sabado 5 del domingo =39 horas
en teoria tu hermana le debe 5 horas por cada 2 semanas de trabajo pero dado que se escapa a mi entendimiento si tu hermana hace los descansos de dias correctamente pues no se, a ver si algun forero ayuda algo mas.
no, la primera semana 6 horas de lunes a viernes y la segunda semana de martes a viernes 6 horas, 4 horas el sabado y 5 horas el domingo y le da de descanso el lunes(que son 6 horas) y le ha dicho que le debe horas a la empresa) , gracias nazka por contestar.
33 la segunda semana y la primera 30, lo mismo me da, sale que debe 1 hora en la primera semana y 4 en la segunda, pero claro, como no puedo asegurar si hace los descansos que marca la ley pues....
creo que tenemos un lio de numeros, voy a intentar explicarme mejor,la primera semana 6x5=30, la segunda semana 6x5 4(del sabado) 5 del domingo.Estas son las horas que ella hace y la semana que trabaja el domingo le da el lunes de descanso,(que son de 6 horas) y el jefe le dice que mi hermana le debe horas que solo tendria que descansar tres horas.
Cada vez entiendo una cosa:
lo de la primera semana parece que son 30 horas, pero en la segunda semana ¿en qué quedamos, trabaja el lunes SI o NO?
Si trabaja salen 39, le debe la empresa 1 hora cada dos semanas al trabajador, y si NO trabaja el lunes, salen 33 horas esa semana, le debe el trabajador a la empresa 5 horas cada dos semanas
Y todo este jaleo es por que sí o porque le va a liquidar ya?
Que se lea el convenio, pues a lo mejor se habla de promedio mensual o trimestral...
Dile al jefe que segun el Estatuto el descanso no es de 3 horas, son 36 ininterrumpidas... !!!
si archilla,es un lio, hasta ahora el lunes descansa, pero el jefe le ha dicho que no le corresponde el dia entero sino media jornada(ella trabaja al dia 6 horas)lo que no entendemos es las horas del domingo(siempre se dijo que eran dobles) esta mañana mi hermana trabajaba le ha dado al jefe una copia del convenio donde pone:al trabajar en domingo tiene de descanso dia y medio ininterrunpido la cosa es que ella el domingo trabaja 5 horas.Gracias archilla.Y todavia la cosa va a peor hace un momento mi hermana me ha llamado al darle al jefe la copia el jefe le ha dicho que cuando trabaje el sabado que le corresponde hara 2 horas por la mañana y 2 por la tarde.. jamas se abrio un sabado por la tarde...¡¡ que esta pasando?? ya no tenemos ni derechos, deberes mucho..
derechos sí tenemos ¿quien te ha dicho que no?
lo que pasa es que tenemos algunos "empresarios" más conocidos como pistoleros que son unos impresentables y que como nadie les denuncia pues campan a sus anchas....
Ya sabes lo que debe hacer:
- denuncia a la Inspeccion de trabajo
- denuncia a la jurisdiccion laboral
No podemos seguir aguantando a gente así.
Pero antes hay que tener claro las cosas, y estar seguro de todo, porque en vuestro caso veo que ni teneis claro lo que pone en el contrato.
tienes razon porque ni copia del contrato tiene,solo sabe que esta contratada a 34 horas semanales,nuestras dudas son:que dias,horas de descanso le pertenece,solo eso.Ir a un sindicato..si.. ya por experiencia propia no me fue bien aqui solo busco informacion para saber a que atenernos,(la verdad que en mi caso me ayudastes archilla) por eso volvi a acudir a este foro
1) No es oblgatorio librar los domingos, pero sí que el trabajador (mayor de edad) disfrute de un mínimo de 36 horas ininterrumpids de descanso semanal. De mutuo acuerdo se pueden acumular por quincenas (es decir una semana no libras y la otra libras 72 horas seguidas).
2) Cualquier sustancial cambio de jornada/horario ha de ser pactado con el trabajador y notificado al mismo con un mes de antelación. Si no se pacta, el trabajador puede rescindir el hoario, o emprender las reclamaciones legales que establece el ETT
3) El trabajador tiene obligación de cumplir el horario que marque el contrato que a su vez respetará lo que diga el convenio En un contrato a tiempo parcial ha de figurar número de horas de trabajo y su distribución (lease horario).
4) el empresario debería facilitar una copia del contrato, si no lo ha hecho el trabajador la puede pedir en la oficina de empleo donde fue dado de alta (si no sabe qué oficina es esa, en cualquier oficina, en el área de contratos, la pueden ayudar). Si no me equivoco los contratos se guardan durante 5 años.
un saludo marticc,72 horas!! la cuestion no son mas o menos horas,mi hermana tiene un contrato de 34 horas semanales y solo quier saber si lo planteado yo antes que horas le pertenece nada mas.Ella quiere saber si le debe horas a la empresa.Un mes de antelacion..eso si no lo sabia ,si se lo han comunicado hoy que el sabado tiene que hacer 2 horas por la tarde y dos por la mañana y el jefe lo quiere hacer a primeros de julio... .En fin no nos aclaramos.
Un contrato de 34 horas semanales
1ª semana de lunes a viernes 6 horas por dia
2ªsemana de martes (el lunes se lo da de descanso, que son 6 horas) a viernes 6 horas, sabado 4 horas y domingo 5 horas.Y ahora le dice que el descanso de ese lunes no son de 6 horas que mi hermana le debe horas a la empresa
Pero cuidado, en el tema de horas, parece que la empresa tiene razon:
- hacen una distribucion de horario librando por quincenas
- La primera semana trabaja 30 horas y libra 3 dias
- la segunda semana trabaja 33 horas
por lo que sí en realidad en un mes, si todo fuera igual, "le deberia " a la empresa 10 horas... pero eso no es culpa de tu hermana sino seguramente de que en esa empresa no tengan más trabajo y no sean capaces de darle ocupacion de 34 horas a la semana y con esa excusa quieran DESCONTARLE dinero, pues que le diga: "NARANJAS DE LA CHINA" si no hay más trabajo no es problema de su hermana y que le den trabajo de 34 horas a la semana y dejen de cambiarle el horario tan rapidamente
Por el foro ya es suficiente pues no vamos a aclarar nada, pero que NO consienta ningun descuento ni lios, su nomina normal y si no hay mas trabajo.... QUE SE jo_d_ la empresa o que la despidan, pero que no la engañen!!!
Creo que no me he explicado bien y me estás mezckado horas naturales y horas laborables:
El descanso semanal es un día y medio NATURAL a la semana (por ejemplo el sabado tarde y el domingo por la mañana), no de 36 horas laborables.. El ETT permite acumular,a efectos de descanso semanal, periodos de dos semanas, de modo que el trabajdor una semana no descansa y la otra descansa 72 horas NATURALES (es decir 3 días NATURALES ininterrumpidos, por ejemplo descansaría del viernes por la mñana a lunes por la mañana).
Por lo que comentas tú, tu hermana (en el caso de que no trabajase el lunes de la segunda semana), trabaja una media de 31,5 horas/semana, si el contrato establece que su jornada es de 34 horas, efectivamente debe dos horas y media semanales (ahora bien habría que ver si la empresa ha venido consintiendo ese beneficio a tu hermana durante los últmos años). Para ello:
1) Habría que ver qué dice el contrato en lo referente a la distribución de horas (hoy en día los contratos a tiempo parcial sí que lo han de especificar, pero no recuedo cojmo estaba la legislación laboral hace 20 años).
2) También sería interesante que tu hermana pudiese demostrar que durante los últimos años ha venido realizando el horario que describes, con un lunes de cada dos libre (con testigos, o grabando ua conversación con su jefe en el que este reconoce ese horario con el lunes libre)
Y si el jefe quiere que tu hermana trabaje el lunes por la mañana, tendrá que buscar la manera de darle a tu hermana un descanso semanal de día y medio ininterrumpido, y cumpir así con el art 37 del estatuto de los trabajadores. por otro lado, si quiere modificar el horario de trabajo vigente en los últimos 20 años, tendrá que hacerlo de un modo pactado con el trabajador y notificarlo con un mes de antelación (o exponerse a que el trabajador ejerza las acciones descritas en el art 41.3 del Estatuto de los Trabajadores).
Y sobretodo, e insisto en ello, si el tema se complica que tu hermana se busque un especalista que la asesore debidamente
no archilla,la primera semana trabaja 30 horas y no descansa tres dias, solo sabado y domingo,solo cuando trabaja sabado y domingo descansa el lunes.Y no es una empres de limpieza,quizas empresuchos si.Lo mas triste de todo esto es.. que lleva muchos años en esta empresa y ahora le hagan esto
a ver si me entiendes:
cuando trabaja la primera semana DESCANSA TRES DIAS (sabado, domingo y el lunes de la siguiente porque esa semana segunda empieza el martes....)
Es legal, si todo fuera así es legal, los descansos se los acumulan por quincenas y tienes tres dias initerrumpidos libres, que son los dia y medio de cada semana que dice el Estatuto acumulado por quincenas...
Saben lo que hacen... pero que no se pasen de la raya porque efectivamente faltan horas, PERO ESO NO ES CULPA DEL TRABAJADOR, ASI QUE DE DESCUENTOS NADA DE NADA.... que lo arreglen en la empresucha y le pongan las 34 horas
Y que se lea su convenio colectivo por si dice algo
Y que no se deje cambiar los horarios de un dia para otro