¡Hola Zitro!, nosotros tenemos empresas agrarias que se dedican a trabajos de selvicultura y repoblaciones forestales. Les hacemos contratos por obra para los montes donde vayan a repoblar.
Normalmente, cuando están en I.T no les damos de baja, pero núnca hemos tenido a ninguno en ésa situación durante mucho tiempo.
Nosotros les pagamos por jornadas reales, es decir, s¡ no trabajan no cobran, ya que durante la I.T les paga el INSS directamente.
Hola Miguel: En un primer término te doy las gracias por contrestarme. Yo que normalmente suelo contestar (con el único ánimo de ayudar, divulgar, etc.), te aseguro que me he dicho en mi interior: por ser la primera pregunta que hago, no tengo respuesta alguna de mis compañeros.
Bien como te digo, el formular la pregunta es debido a que considero que el tema (agrario, en terminos generales no es bien conocido) es bastaste interesante, y creo deberíamos tratar de intercambiar las distintas formas de contratación; usos y costumbres, etc., dentro de la Comunidades Autónomas, así como su regulación anterior con relación a la actual.
Este sector de actividad es muy conocido para mi (fue motivo de estudio en los examentes de fin de estudios, así como mi vivencia durante algún tiempo) y considero que aunque ha cambiado, como todo, todavía no está, ni conocido, ni se aplica la legislación del todo.
Finalmente, también sería interesante la comparación de la protección social establecida en el R.E.A., con relación al R.General.
Recibid compañeros (todos) un saludo, a ti Miguel, nuevamente gracias.