Vamos a ver Luis. El derecho del empresario queda establecido en el artículo 5.c) del Estatuto de los Trabajadores y del artículo 20 de la misma norma. En el primero se establece como deber básico del trabajador a “cumplir las órdenes del empresario en el ejercicio regular de sus actividades directivas”. En el segundo, se impone al trabajador la obligación de realizar el trabajo convenido bajo la dirección del empresario y de la persona en quien delegue.
Bajo estos derechos está también la asignación del o los clientes que él estime (o que hayais pactado), de ahí que tu no puede decidir libremente sobre el cual o el como. Si logras ponerte de acuerdo con él (con argumentos razonables), entiendo el asunto tendría una salida aceptable para tus intereses; si quieres tirar por la calle de enmedio, la única salida que tienes es pedir la cuenta.
Saludos.
Hola,
Soy un trabajador de una empresa de servicios que trabaja desplazado en otra empresa.
Llevo ya 2,5 años en la misma empresa y quiero cambiar a otro cliente.
¿Si impongo mi salido de el actual cliente me podrían despedir procedentemente o estoy en mi derecho de que me busquen otra asignación?