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Trabajador relevista

2 Comentarios
 
21/09/2010 10:03
Muchísimas gracias por tu contestación. Evidentemente el nuevo encuadramiento es el correcto. El error parte de nosotros. Yo tambien soy de la opinión que hay que hacer inmediatamente nuevo contrato de relevo con trabajador desempleado. Lo que ya no estoy tan seguro es si debemos a priori comunicarlo al INSS o esperar a que sean ellos los que nos requieran para así cuando lo hagan ya presentar el referido nuevo contrato y adelantarnos a sus instrucciones. Lo que temo es una posible reclamación de las prestaciones de jubilación parcial efectuadas al trabajador relevado. No ha habido fraude porque se han ingresado todos los seguros sociales, se han declarado todas las percepciones del antiguo relevista, sí es cierto que su encuadramiento era erróneo pero no se hizo con ningún ánimo defraudatorio. No se, eso es realmente lo que me preocupa. Reitero, muchísimas gracias por tu contestación. También me gustaría saber tu opinión sobre este último punto que te comento.
20/09/2010 20:42
Creo que si cambia a RETA el trabajador relevista, es porque cumple con los requisitos para cambiar el encuadramiento. Si es así recibiréis una notificación del INSS, para que aclaréis el tema, creo que se debe de plantear la actual situación al INSS, y que os admitirán sustituir al conyuge por un trabajador de Régimen General, intentad ligar que el nuevo contrato de relevo tenga finalización en Abril 2012, cuando se jubile definitvamente el jubilado parcial. Hoy todo está informatizado y cuando cause baja el relevista pedirán explicaciones.

Salvo mejor opinión.
Trabajador relevista
20/09/2010 18:07
Mediante una campaña de revisión de encuadramientos de administradores, la Isnpección de Seguridad Social ha visto que teníamos como trabajador relevista de una jubilación parcial al cónyuge del socio mayoritario, mediante un contrato de relevo, indefinido y a tiempo completo que efectivamente está trabajando y percibiendo un salario por su actividad. La inspección ha resuelto cambiar el encuadramiento del régimen, pasando a dicha trabajadora al RETA sin meterse en el contrato de relevo que tiene suscrito. Pero... al darle debaja de oficio en el régimen general, creo que tendremos problemas con el contrato de relevo. Qué séría más conveniente? No revolver el tema más hasta la fecha de jubilación total (Abril 2012) o suscribir un nuevo contrato de relevo con un nuevo trabajador en el régimen general desde la fecha de notificación del cambio de régimen (que será con efectos retroactivos desde la fecha del contrato 01-06-2009). Muchas gracias.