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trabajador eventual agricola en baja

5 Comentarios
 
14/04/2011 19:00
Y dale con la burra a la parva. ¿Darle de baja en tesorería?, chica, yo es que desde hace tiempo tengo a los trabajadores mensuales, pero el año pasado tuvo uno un accidente y no tuve que darle de baja en la tesorería.
El trabajador, simplemente, pasa a cobrar de la Mutua, pero su relación laboral continua con la empresa, que tendrá que volver a pagarle cuando este de alta. Antes, si no recuerdo mal, cuando los trabajadores agrarios eran siempre por jornadas reales, el problema estaba que en cuanto dejabas de cotizar, la TGSS los daba de baja de oficio, por lo que tenías que andar con cuidado si la mutua no informaba adecuadamente de la baja.
Yo es que ya no se si te refieres a que se le termina el contrato, o a que, la verdad.
SALUDOS.
14/04/2011 18:03
pero como se hace si hay que darle de baja en tesoreria, es decir la relacion laboral queda extinguida,`pasa directamente a la mutua desde el el dia del accidente
14/04/2011 13:54
Es que no es que no esté en la empresa, está de baja, pero en ese caso, por las particularidades del sistema agrario, no hay pago delegado y cobra directamente de la mutua.
La empresa deberá hacerle una nómina con el complemento.
SALUDOS.
14/04/2011 12:56
si pasa a depender de la mutua, seria entonces la mutua la que le debe pagar el 100% de la prestacion ¿no? Porque en este caso como le va a pagar aparte la empresa al trabajador si ya no esta en la empresa ¿ con un simple recibo de pago?
14/04/2011 11:22
¿Se extingue la relación laboral con la empresa?, en mi opinión, y aunque toco este palo reconozco que no es mi especialidad, lo único que sucede es que en el regimen agrario no hay pago delegado y el trabajador pasa a depender directamente de la mutua durante el periodo de IT.
El complemento supongo que debería pagarse aparte por parte de la empresa al trabajador.
SALUDOS.
Trabajador eventual agricola en baja
14/04/2011 10:22
Cuando un trabajador eventual agricola por jornadas reales se da de baja por accidente, se extinge la relacion laboral con la empresa y pasa a la mutua que es la que le sigue pagando, pero en el convenio indica que los 20 primeros dia, despues de la baja le tiene que garantizar la empresa el 100% del salario que venia cobrando. mi pregunta: ¿como le puede seguir pagando la empresa cuando la relacion laboral con la misma ya no existe? Esto es asi?