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Trabajador en prisión

1 Comentarios
 
Trabajador en prisión
perfil jav
06/02/2005 11:41
Tengo contratado a un chaval mediante un contrato de sustitución por prejubilación.

Puede que el chaval tenga que entrar en prisión, y quisiera saber si tengo obligación de pagarle algo mientras esté ingresado (como en las bajas laborales) y si tengo obligación de guardarle el puesto de trabajo para cuando salga, o puedo contratar a otra persona no sólo para el tiempo que el falte, sino reemplazando su contrato por el del nuevo que coja en su lugar.
Muchas gracias
07/02/2005 11:43
Hola.
El art. 45.1 del E.T. establece en su apartado g) como causa y efectos de la suspensión del contrato de trabajo, entre otras, la siguiente:

g) Privación de libertad del trabajador, mientras no exista sentencia condenatoria.

El 45.2 dice que la suspensión exonera de las obligaciones recíprocas de trabajar y remunerar el trabajo. Por lo tanto, no tienes ninguna obligación al respecto, salvo tu propia voluntad o liberalidad.

Por otra parte el art. 48.1 del E.T. establece que " Al cesar las causales legales de suspensión, el trabajador tendrá derecho a la reincorporación al puesto de trabajo reservado, en todos los supuestos a que se refiere el art. 45.1..."

En conclusión, durante el tiempo que esté en prisión sin que exista condena se mantendrá la suspensión con reserva del puesto de trabajo. Por lo tanto, tendrás que consultar en el INEM la posibilidad de la sustitución interina, que estará en función del tiempo que vaya a estar en prisión, salvo que este tiempo supere al del contrato.

Saludos.