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Trabajador conflictivo que quiere el despido

19 Comentarios
 
Trabajador conflictivo que quiere el despido
25/01/2014 15:03
Hola, somos una empresa pequeña, y hemos tenido la mala suerte de tener a una persona trabajando con nosotros sumamente nociva y conflictiva que ha hecho mucho daño tanto a la empresa como a trabajadores (muchos se marcharon porque no podían aguantarla) ha hecho cosas realmente graves, incluso violentas, pero no procedimos en su momento a tomar medidas como a realizarle apercibimientos, amonestaciones o sanciones (también por evitar sus reacciones violentas) cuando ya no podíamos más e ibamos a tomar medidas se daba la baja (por supuesta depresión.. su padre es médico.. sabemos que seguía haciendo una vida totalmente normal durante sus bajas) tuvo una baja máxima de 18 meses, se reincoporó y a los pocos meses cuando estábamos reunidos para llevar a cabo su despido disciplinario (cumple con caso si todas la causas de disciplinario) nos pidió salir un momento a hacer una llamada y no volvió, otra vez le dieron otra baja por depresión.. esta vez 9 meses, a su incorporación la apercibimos por agresión verbal (el día que se marchó insultó tanto a jefes como a compañeros muy violentamente dando gritos por toda la oficina) Según ella tras 9 meses había prescrito.. Nada más incorporarse a finales en Diciembre pidió sus vacaciones del 2013, y se las concedimos, se incorporó el lunes 20 Enero y cuando habían menos de 2 horas dijo que salía a fumar un cigarro, y se volvió a marchar, llamó diciendo que no quería seguir ni un minuto más en la empresa y que le despidiéramos.. no aparece desde hace 4 días y medio.. le hemos llamado pidiendole su cese voluntario por escrito y nos cuelga el tfno, le hemos mandado email y no contesta.

Nuestra intención ahora es mandarle un burofax, pero no contamos con suficiente asesoramiento para hacerlo correctamente. Agradeceríamos muchíismo que nos aconsejarán que poner y como redactar en el requerimiento del burofax para no caer en algún defecto procesal o de forma. ¿Le tenemos que pedir que se incorpore o justifique?¿qué plazo hay que darle?

No va a haber forma de probar su cese voluntario que nos dijo verbalmente, porque no lo va a escribir /firmar, porque evidentemente quiere el paro. Ahora tendremos que proceder a despedirla disciplinariamente por abandono del puesto de trabajo, pero cuales son los pasos correctos?

Muchas gracias a quién nos pueda ayudar.
25/01/2014 16:00
No, no y no.
Buscad una asesoría. Enviad burofax donde se le pida que se reincorpore o se dará por baja voluntaria.
Empezad a poner sanciones de empleo y sueldo hasta que se canse y pida la baja voluntaria.
Grabad todas las amenazas y, si hay suerte, alguna conversación en la que diga que quiere el despido para cobrar el paro.
Tenéis que asesoraros bien para que no haya defecto formal.
Por favor, a ver si os sale bien, porque me da por saco contribuir, aunque sea con medio céntimo, a que se le pague la prestación por desempleo a semejante individuo/a.
Espero que alguien os conteste dándoos más detalle concretos de cómo actuar.
25/01/2014 16:37
Toda la razón, da muchísima rabia que unos estemos trabajando sin parar para pagar a este tipo de personajes que lo único que hacen es parasitar y vivir sin dar palo al agua.. Ya lleva casi 3 años sin trabajar y viviendo de nosotros y de la SS.. ahora quiere seguir sin trabajar cobrando paro... Pero se ha ausentado de su puesto casi 5 días.. ¿ante esto que haces? burofax para que se incorpore.. pero si le pones que si no se considerará cese voluntario.. en uno de los foros ponía que era un terreno peligroso, puesto que esto NO nos lo ha dicho por escrito, unicamente verbal..

Su objetivo: Deja de venir a trabajar y se gana el disciplinario= Paro.. y si con un poco de suerte hay algún defecto de forma/plazo, lo impugna y encima nos puede sacar indemnización.. Realmente la empresa tiene mucha indefensión con este tipo trabajadores que buscan la trampa..

Lo que no se.. es si ausentarse sin aviso ni justificante 4 días 6 horas ya es motivo de la sanción más grave de despido, o hay que hacer algún requerimiento previo, antes de hablar de despido..(?)

Sé que es injustisimo que esta persona que se quiere ir cobre paro.. pero esta es la trampa que nos ha hecho y nosotros no podemos seguir soportando sus costes...
25/01/2014 16:54
Yo le enviaría un burofax diciéndole que, si no justifica los días de ausencia antes de 48 horas, por ejemplo, se aplicará el artículo tal (tendréis que mirarlo) del convenio colectivo de aplicación (o del estatuto, si no hay convenio) donde la ausencia de x días se considera falta grave y se le impondrá una sanción consistente en suspensión de empleo y sueldo durante 15 días. Si no contesta, 15 días sin cobrar, a ver por dónde sale.
Y la grabadora, bien preparada para ver si le pilláis diciendo que quiere que se le despida para cobrar el paro. Así sí se puede justificar una extinción del contrato por baja voluntaria del trabajador.
Y a tomar por...!
25/01/2014 18:24
Gracias mosca por tu ayuda, pero si la sancionamos de empleo y sueldo por ejemplo 15 días.. 15 días más que ella cotiza.. y que los demás tenemos que asumir estando ella en su casa tumbada a la bartola otra vez.. y que además ya se considera sanción por lo que ya "ha pagado por ello" y cuando se reincorpore otra vez vuelta a empezar... SI no quiere trabajar y se quiere ir.. El lunes hará una semana que abandonó su puesto.. sin justificar, entonces cuanto tiempo se puede considerar abandono = cese voluntario y ya acabar con esto??
25/01/2014 18:33
Durante la suspensión del contrato por sanción de empleo y sueldo no se cotiza.
Luego que vuelva, sí. Nueva falta, nueva sanción. A ver quién se cansa antes.
Pero ya digo, conviene que invirtáis una pequeña cantidad en un profesional (yo no soy abogado, hablo desde experiencias ajenas) para que os salga gratis el hecho de que se vaya esa persona y nos salga gratis también a los demás su mantenimiento.
25/01/2014 18:53
Es que nuestro asesor (el de la gestoria) no es que recomiende muy allá.. Al principio nos decía que a los 3 días le iba a mandar un burofax diciendo que ha abandonado y que se consideraría cese voluntario y le iba a dar de baja directamente (lo que no nos pareció nada bien.. y luego he leido en este foro que es mejor no hacer, al no tener esta notificación por escrito) ayer nos recomendaba lo contrario, que le hicieramos un despdido improcedente ficticio, lo que nos pareció más atroz todavía......porque según el por despido disciplinario no cobraría paro, a lo que por supuesto, nos negamos en rotundo... por eso estamos recurriendo a pedir ayuda por aquí, porque no estamos bien asesorados y es ahora (pensabamos mandar burofax hoy por internet) cuando tenemos que saber que tipo de requerimiento por burofax le mandamos..y hacerlo bien.
25/01/2014 19:06
Los fines de semana está un poco flojo esto, pero pasa por aquí gente que sabe bastante y le pueden asesorar.
Lo que está claro es que vuestro gestor está un poco pez en derecho laboral.
Por si acaso aparece el lunes, insisto en lo de la grabación. En caso de juicio, si intervenís vosotros también en la conversación, se consideraría una prueba válida para demostrar la voluntariedad de las ausencias.
25/01/2014 19:38
Muchas gracias por tu ayuda! ;)
25/01/2014 20:18
Estoy totalmente de acuerdo con mc, yo ni daría un despido improcedente, porque tendría que indemnizar, ni procedente porque si es procedente con que clasificación como objetivo por causas económicas, (que luego tendríais que probar), y si lo dais como despido disciplinario podría presentarse a última hora con una baja por IT y nuevamente os comeríais el despido disciplinario.
Varias cosas vuestro asesor no esta muy al corriente, primero, si se le aplican sanciones de empleo y sueldo mientras se esta suspendida de empleo y sueldo no se cotiza a la seguridad social, segundo si vais directamente a por el despido disciplinario os puede salir mal porque no hay sanciones anteriores, así que yo procedería enviando sanción tras sanción hasta que se canse y cuando lleve unas cuantas que puedan justificar ese despido disciplinario jugaría otra carta antes de despedir que sería hablar con inspección de trabajo presentarles el caso y proceder a una baja voluntaria, porque proceder a un despido disciplinario con la calificación de procedente aunque así fuese daría derecho a prestación por desempleo que a mi como a mc me repatea y decir que aunque yo defiendo a ultranza a los trabajadores y no suelo aconsejar a los empresarios, (no seré justo pero tampoco lo pretendo), pero claro me toca mucho los hue...s estos que pretenden vivir a nuestra costa y el paro lo pagamos todos.
En definitiva art. de sanciones del conv. colectivo o bien la LISOS (Ley de Infracciones y sanciones) y la aburrís a a sanciones cuando pase el tiempo y vea que no la vais a despedir que es lo que persigue y pase unos meses sin cobrar a ver que hace y por último acudir a inspección poner la situación en conocimiento del inspector de turno y proceder con una baja voluntaria.
SMO.
25/01/2014 22:50
Esta individua lo que se merece es que la despidan sin paro y sin indemnización, inmediatamente. Es vergonzoso que tal como está el panorama, con la cantidad de gente que quisiera trabajar y no encuentra empleo, haya personajes con este comportamiento tan negativo. Persona non grata, totalmente. A esto se le llama GENTE TÓXICA al cuadrado.
26/01/2014 12:19
Gracias Jam, muy buena aportación. Sabes si por faltar una semana sin justificar, cuántos días sería lo "justo" para sancionarla de empleo y sueldo?
Totalmente de acuerdo Carmen, esta es el prototipo de trabajador tóxico a máxima potencia, y lo que es lamentable es que nos tenga que tocar a las empresas asumir gente así sin tener defensa.. Y que den bajas tan alegremente por depresión a la gente que sabe perfectamente como fingirla. Nada más darle el alta, pide vacaciones, y nada más incorporarse de las vacaciones, dura exactamente 1h '50 trabajando (le asignamos el trabajo habitual que solía hacer) y no aguanta?? Se puede ser tan poco trabajador que no llegas ni a 2 horas de trabajo seguido?? abandona su puesto.. y aún así tenemos que ir con pies de plomo y seguir unas pautas por si acaso encima impugna??'
Sus palabras textuales fueron: No aguanto trabajando ni un minuto más, ya no quiero seguir.. así que despídeme... (???) perdón.. si te quieres es un cese voluntario... En que país estamos que no haya defensa para esto??
Debería haber algún sitio donde las empresas pudieran ver el historial de verdad de este tipo de trabajadores.. Si realmente supieran que se va a saber y que no van a encontrar empleo si actúan así.. otro gallo cantaría.. el problema es que hacen esto y se quedan totalmente impunes.. nadie se entera.. y ala a buscar la próxima empresa víctima..

26/01/2014 12:29
Ha de ir usted al Conv. Colectivo de aplicación y mirar el artículo que hace referencia a faltas y sanciones y sino acudir a la LISOS y mirar faltas y sanciones al trabajador.
LISOS (siglas de) ley de infracciones y sanciones en el orden social.
SMO.
26/01/2014 15:57
En el convenio colectivo viene estipulado como falta
MUY grave:
• 2) Faltar injustificadamente dos días al trabajo durante un período de tres meses.
Lo que no se es si tiene que ser reincidente, es decir ahora falta un par de días, se le apercibe o sanciona.. y luego vuelvo a faltar, y entonces al ser reincidente se le despide, porque no está muy claro..
Como sanciones pone:
Las sanciones que procederá imponer en cada caso según las faltas cometidas serán las siguientes:

• Por faltas leves: Amonestación por escrito.

• Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo por un período máximo de 10 días.

• Por faltas muy graves:
o
o Suspensión de empleo y sueldo por tiempo no inferior a 10 días ni superior a un mes.
o
o Despido.

En LISOS no he conseguido ver nada a este respecto.
26/01/2014 17:11
Lo cierto es que la LISOS en referencia a los trabajadores por cuenta ajena sólo sanciona incumplimientos de organismos oficiales como inspección, PRL, etc pero las sanciones a los trabajadores las impone la empresa y luego si se recurren son los jueces quienes dictan sentencia sobre ellas.
Pienso que según el convenio para ser falta muy grave debe sr reincidente pero se le puede poner una falta grave y si persiste en su actitud una vez cumplida la misma pues una muy grave, ahora bien sigo diciendo que el despido disciplinario calificado como procedente da derecho a desempleo y por tanto yo jugaría la baza de notificar a la inspección de trabajo y cursar una baja voluntaria.
SMO.
27/01/2014 09:39
Buenos días.
Hoy por la mañana tenemos que mandarle burofax, pues ya hace una semana que se ausentó de su puesto, entonces a ver quién me puede ayudar para que esté bien hecho el requerimiento, entre estas opciones que barajamos, cual sería la más adecuada:
1.- Ante la imposibilidad de contactar con ud vía teléfono e email desde que se ausentó de su puesto de trabajo el lunes 20, la empresa le requiere para que en el plazo de 48 horas se persone, justificando las faltas de asistencia a la mayor brevedad posible.
2.- Ante la imposibilidad..... , le requerimos que en el plazo X?, se persone en su puesto, de lo contrario se considerará abandono de trabajo y por tanto cese voluntario.
3.- Ante la imposibilidad......, le requerimos a que se presente en su puesto de trabajo, de lo contrario la empresa tomara las medidas que establezca el convenio colectivo.
4.- Ante la imposibilidad......, le requerimos que se presente en su puesto de trabajo o será sancionada de empleo y sueldo según ampara el convenio colectivo.
O si hay otra forma de requerimiento, agradecería mucho todas las sugerencias.
No queremos que en un posible juicio, un juez determine que a la primera falta (aunque sea una semana entera) tomemos la medida más drástica, tampoco tenemos forma de demostrar que se quería ir.. Sin embargo sí tenemos forma de demostrar sus ausencias, pues a parte de que no ha fichado, cada día se ha levantado acta firmada por el resto de trabajadores de que esta trabajadora no se ha presentado ni se ha comunicado con la empresa.
Lo que queremos es hacer bien las cosas, y que no acabe encima dándose la vuelta y acabemos pagando una indemnización cuando tiene un despido disciplinario claro. Evidentemente no nos parece justo que cobre la prestación, pero tampoco queremos que por evitar esto, nos salga el tiro por la culata, ya sabemos como está el tema laboral, y que al mínimo defecto de forma le dan la razón al trabajador, y en un posible juicio, acabemos, encima pagandole una indemnización.
Muchas gracias por la ayuda que me puedan dar.
27/01/2014 16:33
Todas son válidas pero yo me inclino por la nº 3, no creo que sea necesario poner sobre aviso de lo que piensan hacer ustedes, ella pensará que procederán al despido que es lo que persigue mientras que ustedes están pensando en imponer sanciones de empleo y sueldo.
Por otra parte, me extraña que ella no haya reaccionado por ej, ya que dio la espantada sacando la baja por depresión y les haya interpuesto una demanda por acoso, yo que ustedes me la esperaría y es por eso que le dije que debe acudir a inspección de trabajo y comentar el caso ante inspección, mire yo lo haría entrevistándome con un inspector y a su vez le entregaría una carta notificándole el caso y mi intención de cursarle con el paso del tiempo y tras varias sanciones de empleo y sueldo con una baja voluntaria para evitar una posible sanción de inspección de trabajo, (hoy en día tras tanto fraude sospechan de los despidos disciplinarios calificados como procedentes porque no dan lugar a indemnización pero si a desempleo y entonces en muchos casos sospechan que existe connivencia, (no será el caso pero pueden pensarlo).
SMO.
28/01/2014 16:40
Hola Flavia 33,

A nosotros nos paso una situación similar.

Te adjunto varias cartas que nosotros mandamos en su momento, para que te orientes y te puedas hacer una idea. Espero que te sirva de aorientación y ayuda.

La primera carta fue pidiendola que se incorporase al puesto, ejemplo:


Att. de Dña. …………………
DNI………………….
Dirección……………

Madrid,……… de…………. de 2014
Muy Sra. Nuestra:
Por medio de la presente le comunicamos que, no habiéndose reincorporado a su puesto de trabajo el día ………………, tras sus vacaciones, la dirección de esta empresa le insta a reincorporarse con carácter inmediato a su puesto de trabajo y a justificar en debida forma la falta de asistencia al mismo. La falta por su parte de información a la empresa sobre esta ausencia, así como la imposibilidad de la empresa de contactar con usted, le está causando un grave perjuicio, dado que, no puede prever su incorporación y por tanto su sustitución, causando inconvenientes al cliente final.
De conformidad con el Convenio Colectivo de aplicación, la falta de asistencia al trabajo no justificada por más de tres días en un periodo de treinta días constituye infracción muy grave sancionable con el despido.
Por todo lo anteriormente expuesto, la empresa le insta a que se reincorpore inmediatamente a su puesto de trabajo, y se presente el próximo día ……………….a las …………. horas en las oficinas de la compañía, sito C/ ………………….. Madrid para que justifique dichas faltas de asistencia. En caso contrario, la empresa actuará en consecuencia, imponiéndole la sanción que corresponda.
Atentamente,
La Empresa


Fdo: ……………..
Y LA SEGUNDA CARTA FUE LA SIGUIENTE:


Att. de Dña. ……………..
DNI ……………
Calle …………….



Madrid,……….. de ………. de 2.014



Muy Sra. Nuestra:
Por medio de la presente, le comunicamos que esta empresa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 54.2.a) del Estatuto de los Trabajadores y los artículos …….. y ………. del Convenio Colectivo de ………………., ha tomado la decisión de proceder a la extinción de su contrato de trabajo.
No vemos obligados a tomar esta decisión en base a los siguientes

HECHOS:

Primero.- Las faltas al trabajo los días ,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,, de diciembre de 2.014 sin causa justificada. Tras el disfrute de las vacaciones solicitadas por usted a la empresa, autorizadas desde el día ………………….., no procediendo a reincorporarse ni justificar su ausencia.

Segundo.- Falta de aviso a la empresa, a través de fax, mail o teléfono anticipando el motivo justificado de sus faltas, ni al Dpto. de Operaciones ………….., ni al Dpto. de RRHH ……………, - como la imposibilidad de la compañía de contactar con usted a través de diferente vías, teléfono …………… y burofax enviado a su domicilio, sito C/ ……………….. Madrid, información facilitada por usted a la empresa, no habiendo comunicado por su parte ningún cambio o modificación ni en el nº de teléfono personal ni en su dirección-. Dichas faltas de comunicación le está causando un grave perjuicio tanto a la empresa como al cliente, ya que, no se puede prever su incorporación, y por ende su sustitución, no prestándose el servicio con normalidad.

Dichos hechos son un incumplimiento muy grave de sus obligaciones, de acuerdo con lo establecido en el artículo 54.2 a) del Estatuto de los Trabajadores y los artículos …………. del Convenio de aplicación vigente, por lo que la empresa procede a su despido disciplinario procedente, acordando la extinción de la relación laboral que mantenía con usted con efectos del día ……… de septiembre de 2.014.



Sin otro particular, le saluda atentamente


EMPRESA
Fdo. D. ………


Espero te sirvan de algo. Por cierto, cambiaria de asesor urgentemente.
28/01/2014 18:52
Muchas gracias jamgpreve y amgm!
Agradezco muchísimo vuestras recomendaciones.
Amgm, en cuanto a la segunda carta, si es extinción, se consideraría despido disciplinario procedente directamente? No lo impugnó? Era reincidente la falta de asistencia o era la primera que tenía?
Nosotros le he hemos mandado ayer una advertencia por burofax y pensábamos hacer una sanción de empleo y sueldo antes de llegar al despido por si acaso, porque el convenio dice que se considera falta grave las faltas de asistencia repetidas.. y nos preocupa que a la primera falta (aunque lleva ya 8 días que abandonó su puesto) a un juez le pueda parecer el despido una sanción muy drástica .... (?)
Si!! efectivamente andamos en búsqueda activa de un buen asesor, no podemos seguir con el que tenemos.. Si alguién conoce alguno recomendable en Madrid, bienvenidas las recomendaciones.
29/01/2014 11:05
Hola Flavia 33,

Te contesto a tus preguntas:
1. Efectivamente en la segunda carta, se consideró despido disciplinario procedente, porque según nuestro convenio eran faltas muy graves y se podian sancionar con el despido.
2. Si que impugno, es decir, la trabajadora demandó a la empresa, y el juez dió la razón a la empresa calificando el despido como procedente.
3. Era la primera vez que se ausentaba, pero en total cuando le enviamos la segunda carta, ya llevaba 10 días, se le había enviado la primera carta diciendo que por favor se reincorporase a su puesto y justificase las faltas. Ademas de llamar a su movil en múltitud de ocasiones. Entre todas estas pruebas, y las facturas de teléfono donde se justificaba que habiamos intentado localizarla, y los burofax nos eran devueltos con la contestación de ausente y sin entrega. El juez considero que la empresa había hecho todo lo posible por contactar con la trabajadora, y la trabajadora ni avisó ni comunico nada, hasta que le vino bien pasado mes y medio (la trabajadora incluso alego en el juicio que había fallecido una hija en su país, estando en sus últimos días de vacaciones y por tema psicológico y de los nietos, además de que no encontraba billete para regresar) y el juez consideró como te digo que la empresa tenía razón porque ella no avisó ni comunico nada a la empresa, y esto causaba un daño a la compañía.
4. Como dices si vuestro convenio lo considera como falta grave, pues enviadle una segunda carta sancionandola primero, (como bien decia otro compañero en un mensaje anterior que leí), cotizariais solo por una parte. Y si sigue sin aparecer después de la segunda carta de sanción, pues la tercera carta despido extinguiendo el contrato, y os cubris bien las espaldas porque seguro que demandará a la empresa por si puede rascar algo (pero vamos que poca vergüenza tienen algunos trabajadores, chupando de todos los demás, menudo morrro, tal y como están las cosas, teniendo un trabajo). MUY IMPORTANTE, SEGUID INTENTANDO LOCALIZARLA POR TELEFÓNO (FIJO, MOVIL), INCLUSO SI SALTA EL CONTESTADOR MEJOR, DEJAD UN MENSAJE QUE POR FAVOR CONTACTE CON LA EMPRESA EN EL TELEFONO......, para que se quede reflejada la llamada en la factura y lo podais presentar como prueba si hay juicio.

Yo aunq se un poco de laboral, y redacto carta, sanciones, etc. La empresa tiene un abogado que las revisa y mejora, también para juicios (aunq yo tb voy, pero como te digo no soy letrada). De los tres que hemos tenido en la empresa, me parece que es el mejor, mucha experiencia, muy sensato, y siempre te da opciones y dice lo que puede ocurrir por su experiencia en anteriores casos. No se si te puedo dar por aqui el teléfono (no es ni familiar mio ni nada, y no quiero que parezca que le hago publicidad) si quieres dame un correo electrónico y te doy sus datos y teléfono.

Espero que os salga bien, y la trabajadora no se salga con la suya y chupe más del frasco.