Pregunto de otra manera:
Sí la junta de gobierno de un ayuntamiento da de alta como público un camino que hace 10 años ya no existe,porque se cambió de lugar.(camino que termina en fondo de saco,en una finca) y a la petición de información al topografo municipal este concluye darlo de baja como público por prevalecer la cartografia historica.¿quien tiene razon?¿puede el arquitecto municipal dar licencia de edificacion en una finca que linda con ese camino?
Muchas gracias y por favor denme una respuesta.
Los técnicos municipales (Arquitectos, Aparejadores, Topógrafos, etc), no toman desiciones. Ellos se limitan a emitir informes dentro de la esfera de su competencia.
Despues es el Ayuntamiento el que tiene que aprobar y decidir.
Por tanto, el solo informe del técnico municipal, no es válido.
Si las normas urbanisticas de la zona dicen que para que un terreno sea edificable tiene que lindar al menos 100m con camino publico y el topógrafo municipal dice que no lo es ¿puede el ayuntamiento dar licencia de edificación?¿se puede recurrir?
Gracias.