Buenas, puedo ir a la toma de huellas sólo con la resolución favorable impresa de la página web ? Aún no me a llegado la física y tengo cita para el 14. Espero puedan sacarme de dudas.
Es necesaria la resolución administrativa por la cual se le concede la autorización de residencia en España o la respectiva renovación.
La información que aparece en la página web NO TIENE EL CARÁCTER DE NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA y TAMPOCO ES LA RESOLUCIÓN, sino un simple dato informativo.
El fundamento jurídico para poder expedir la tarjeta de identidad de extranjero es la existencia de una resolución favorable que conceda una autorización de residencia, de estancia por estudios o sus respectivas renovaciones. Y en los casos en los que la eficacia de la autorización estuviera condicionada a la afiliación y alta del interesado en la Seguridad Social, también se ha de acreditar que se ha dado cumplimiento a esta condición, sin la cual no cobraría nunca eficacia la autorización concedida.