¿Puede un vecino por via administrativa (ayuntamiento), conseguir que te quiten un toldo que lleva puesto la tira de tiempo, pero sin justificantes para demostrar antiguedad?cuando se puso no se pidió permiso de obras porque no llevaba obra, fue todo atornillado a pared.
Sobre unos cinco años y pico, debo tener factura, pero no me he puesto a buscar, no sé si eso sirviera para justificar.Caso que no la encuentre, ¿qué puedo hacer?
La instalación de toldos al incidir sobre elementos comunes, como la fachada principal o los patios de luces, están sometidas al voto unánime de los demás condueños, en tanto que afectan al título constitutivo, (Sentencia de la AP Orense de 23 abril 1998).
El transcurso del tiempo desde su instalación puede dar lugar a la existencia de consentimiento tácito, pudiéndose hablar también de mala fe o de abuso del derecho cuando la obra inconsentida ha permanecido a la vista de toda la Comunidad, y la reclamación de ésta o de algún copropietario aislado no se plantea sino transcurrido un periodo de tiempo que pueda considerarse suficiente. Entiende la SAP Málaga de 17 mayo 2002 que citado plazo se corresponde con el establecido como termino de las acciones personales, siendo este de 15 años.
Ya encontré justificantes que dan fe del tiempo que tiene el toldo. Yo me refería por via administrativa, no civil, ya sé que por via civil si puede, pero la administrativa cumple a los cuatro años creo, que es la que le sale gratis, con un aviso al ayto, tiene bastante,pero en via civil no creo que se meta porque entonces luego me "pondría yo las botas" con la cantidad de cosas que tiene este vecino de forma irregular.Supongo que no le interesa, primero porque no le saldría ya gratis, y segundo porque él tiene muchísimo más por donde callar.