Una empresa dedicada a una determinada actividad, tiene varios centros de trabajo en la misma Comunidad Autónoma.
En uno de dichos centros, donde su personal es el mas antiguo de la empresa, despiden a todos incluido el director.
A continuación ocupan esos puestos de trabajo con personal de otros de sus centros de trabajo, que cobran menos al ser contratos mas recientes.
¿Veis alguna irregularidad en esto?.
¿Podría estimarse como un "ere camuflado"?.
Que despido hizo?? entiendo que objetivo individual por la vía del 52.c) ET??
Cuantos trabajadores resultaron afectados por el despido? y Cuántos trabajadores tiene en total la empresa?? (empresa no centreo de trabajo), lo digo para calcular si a efectos del art. 51 tiene la consideración de despido colectivo.
Cuanto fueron los despidos?? todos juntos o goteo de despidos?
Yo creo que tienes que ver si por el nº de despidos tiene la consideración de colectivo, y en caso de hacerse los despidos en "sucesivamente" ver posible fraude de ley en despidos objetivos.
Mira que como sea un despido colectivo encubierto e incluya a trabajares de 50 años, de 55 años....le va a dar la risa a la empresa no sólo con la sanción sino con las obligaciones de ingreso aportación al tesoro, convenio especial, etc.