En su día interpuse denuncia por accidente por dos clientes mios, que eran conductor y ocupante de ciclomotor, el cual no estaba asegurado contra la parte contraria y su compañia. Hubo sentencia absolutoria y dictado de titulo ejecutivo y ello porque no quedó aclarado como ocurrió realmente el accidente.
El titulo fija las cuantias para mis clientes y dice que " la indemnizacion correspondiente se dicta contra el asegurador del vehículo contrario y contra el consorcio de compensacion de seguros ".
Pienso que el tema del consorcio es por la ocupante porque al no quedar aclarado el accidente pudiera resultar responsable el conductor del ciclomotor, y al no estar esté asegurado tendría que pagar el consorcio.¿ Ello es así ?.
Además de la duda anterior , te pregunto :
1º.- Surge el problema de que mis clientes además son familiares. Por lo que he pensado hacer la reclamacion del conductor solo contra la compañia contraria. Ello se podría hacer o me podrían alegar falta de litisconsorcio pasivo necesario al dejar de momento a un lado al consorcio.
2º.- Una vez que finalice este pleito y de resultar favorable a mis intereses, en el sentido de que se demostrara que la culpa es del conductor contrario , haría la reclamacion del ocupante del ciclomotor contra la compañia contraria pues ya no tendría sentido dirigirme contra el consorcio.
3º.- He pensado ello porque de resultar culpable el conductor del ciclomotor pagaría el consorcio y que a su vez podría reclamar contra el ocupante, que a su vez es familiar. Y ello evidentemente no quieren mis clientes.
Te parece que es el planteamiento correcto y si ello se podría hacer.
Muchas gracias