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Titulo de credito - pagare - existencia inexistencia -confusion sobre su naturaleza

1 Comentarios
 
04/09/2012 17:17
Eso no es legislación española.
Titulo de credito - pagare - existencia inexistencia -confusion sobre su naturaleza
02/09/2012 06:31
La consulta en cuestión es por lo siguiente:
se realice la ejecución por un pagaré, que se imprime por una casa de comercio reconocida con una innumerable cantidad de elementos, en una tira como la que se suele realizar para las tarjetas de crédito, con elementos adicionales con texto como: no fiscal homologado, número de imprevisión y persecusión de sellos, impuesto de sellos por declaración jurada, iba responsable inscripto, el presente puede ser dado en garantía o transferido. Si se sé de según artículo 70 y 72 ley 24441 sin modificar domicilio de pago podrá hacerse sin notificar conforme la ley 25326 informado del artículo seis aceptó que los datos personales que voluntariamente obtuvo recién sean registrados y seguidos o transferidos a perseguidos artículos 25 ley 25326. La falta de pago en término constituirá en mora a los firmantes devengándose intereses. Hoyos equivalentes a una vez y media la tasa del banco de la nación Argentina. giro descubierto. Exija su factura de compra locasión o servicio recibido. De no hacerlo se arriesga a ser sancionados según normas legales vigentes.
Además de lo expresado se encuentran los elementos formales necesarios en el artículo 101 de un pagaré, éste es sin protesto a fecha determinada a la orden.
La consulta es:¿constituye pagaré un documento que contiene los requisitos del artículo 101, pero que por otros textos alegados pueden dar lugar a la confusión sobre la naturaleza del instrumento?.
El planteo en juicio sería que si bien tiene los requisitos del 101 todo el documento no parece ser un pagaré ya que tiene un montón de otros requisitos que no alcanza a determinar la naturaleza de mismo.
Respecto de la regla de formalidad prevista en la ley establece los requisitos mínimos para ser considerado un pagaré, salvo los supuestos de suplencia legal si falta uno de ellos no es pagaré. Pero no es tratado el caso donde el instrumento tiene un montón de requisitos adicionales no previstos legalmente y que llevan á la confusión sobre la naturaleza del título.
Donde encontraría el fundamento legal, y si es posible desde el planteo de la inhabilidad de título. Si la defensa inhabilidad del título implica este supuesto.