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titulación

3 Comentarios
 
Titulación
26/01/2012 01:57
Soy Policía Local llevo 13 años y pertenezco al grupo C1 . Mi ayuntamiento ha sacado 3 plazas de oficial del grupo C1 , me exigen tener la titulación académica de Bachiller o Técnico según marca el EBEP , yo tengo el acceso a mayores de 25 años y estoy como policía en el grupo C1 y llevo más de 10 años , pero he hechado la instancia y el ayuntamiento me saca fuera por carecer de titulación . Mi pregunta es la siguiente debería arriesgarme a que un Juez me diga si mi situación me permite optar a la plaza de oficial que es del mismo grupo c1 o lo dejo y veo truncada mi posibilidad de ascender , pienso que es injusto ya que cuando cambio la ley de coordinación de policias pase a estar en el grupo C al tener el acceso a mayores de 25 años , pero otros compañeros pasaron por tener más de 10 años de antigüedad en el grupo anterior que era el D. Gracias .
26/01/2012 12:39
Salvo mejor opinión, el acceso de 25 años, solo es válido a efectos de acceder a la Universidad. Por si mismo no es un título.
Hasta cierto punto, sería hasta injusto que ese acceso sustituyera al Bachiller. Cualquiera sin el bachiller, le bastaría con esperar a cumplir los 25 años y obtener el acceso.
10/02/2012 23:04
Yo tengo entendido que para efectos de oposiciones tiene la misma validez que el bachiller, pero reitero, solo a efectos de oposiciones, de echo yo soy bombero y accedi a traves de la prueba de mayores de 25 años. Lo que si deberias de hacer es solicitar la convalidacion del acceso para poder presentarte a las oposiciones. Yo lo solicite a Madrid. Un saludo.
01/06/2012 19:52

Aunque he visto tu mensaje un poco tarde, te contesto por si te puede servir aún:

1º) A lo dicho por Acriton -que es correcto- añado que para computar el "Acceso para mayores de 25 años" por el título de bachiller, resulta obligado acreditar, además, el haber aprobado 1º de una carrera.

2º) No obstante, los ayuntamientos, en base a su "alta potestad autoorganizativa", pueden aprobar muy diversos procedimientos; sobre todo en el ámbito interno (como es tu caso), por lo que es posible encontrar ejemplos muy dispares en materia de titulación; como Jefes que no poseen ni bachiller; administrativos por oposición sin contar con la titulación preceptiva, y cosas por el estilo.

3º) Todo esto, bien mirado -y en la línea de Acriton-, es injusto para la sociedad y para los que sí poseen los estudios correspondientes, por lo que se debe comprender que sea una de las causas de mayor crispación social. Sin embargo, como no me corresponde a mí juzgar, y tampoco considero justo que sólo tú pagues las consecuencias de un sistema podrido, creo que tú mismo citas detalles en los que basar la posibilidad de impugnar la resolución por la que te han denegado la posibilidad de concursar. Entiendo que es posible utilizar la figura del “agravio comparativo”, al verte perjudicado respecto de otros compañeros que quizá disfruten del mismo o equivalente puesto con tu misma titulación o inferior; así como, tal vez puedas hacer valer la consolidación de la norma anterior que te afectaba, alegando “irretroactividad general administrativa”; y todo ello sin contar con lo que pueda disponer de particular vuestro “Convenio colectivo” o “Acuerdo de funcionarios”.

Por supuesto, habría que estudiar el caso detenidamente, y ya tal vez ya sea tarde…

Saludos cordiales