¿Cual es la manera mas rapida y eficaz de tirar un inquilino?
El contrato es anterior al decreto Boyer. El piso es de mi suegro (esta a nombre de el) y el año que viene nos casamos mi novia y yo, y como es lógico no pretendemos comprar un piso, ya que vamos a muerte a por ese piso alquilado.
Los inquilinos no se tiran son personas no cosas y tienen tanto derecho a una vivienda como tu o como yo.En cuanto a la denegacion de la prorroga forzosa por matrimonio debe de haber una clara decision de contraer matrimonio ,deberas escribirle una carta por correo certificado con acuse de recibo en el que se le especifique la causa de la denegacion de la prorroga del contrato y la persona que necesita el piso y porque la persona que se casa debe residir en esa casa .La notificacion debe de hacerse con un año de anticipacion .El inquilino debe contestar en un plazo de treinta dias habiles alegando si va a desalojar o no .Si no contesta se podra anticipar el desahucio pero si se niega a desalojar no tendreis mas remedio que ir a los Tribunales.
Gracias Pedro. Pero tengo una duda, mi suegro tiene otros pisos alquilados y otro libre (mas pequeño que el que queremos, que es donde vive esta señora). ¿Seria eso un problema para actuar como has comentado antes?
Otra cosa, la señora tiene unos gatos que se pasan a mi balcon me cagan en mis macetas, sacan la tierra de los tiestos y no puedo dejar las ventanas abiertas para ventilar la casa, ya que los gatos se me colarían. (Aunque parezca mentira vivo en el centro de una ciudad y en un 4º). La he denunciado al ayuntamiento, ya que me lei la ordenanza sobre tenecia de animales, posteriormente la he denunciado por 2ª vez ya que ha reincidido. El ayuntamiento le va a abrir expediente sancionador.
Mi pregunta es si con esto se puede hacer algo tambien para forzar que deje el piso, ya que esta alquilada y no hace caso de la ordenanza de dicho ayuntamiento.
lo de los gatos no tiene nada q ver para forzar a la inquilina a dejar el piso.
Si tu suegro tien otro piso vacio, no va a poder alegar la necesidad, (en realidad no existe). Para ello previamente tendrá q haber una donación del piso a tu novia y q sea ella misma la que pida la resolución del contrato de arrendamiento por necesidad en su propio derecho. hay q dar varios pasos: la donación, el requerimiento y por último si no se va un procedimiento judicial, todo esto es largo, así que será mejor q te pongs en manos de un abogado cuanto antes.
En el caso de hacer lo que dices, me surgen dos dudas:
1ª) Si mi suegro le dona el piso a su hija, habrá que pagar un % del valor del inmueble, mas o menos a cuanto ascenderia (ten en cuenta que al haber inquilino dentro creo que es menor).
2ª) ¿Con cuanto dinero tendría que indemnizar a dicha inquilina? si es que hay que indemnizarla.
Las denegaciones de prorroga forzosa suelen ser muy dificiles que lo acepten los Tribunales si no perciben una necesidad clara por parte del arrendador y en este caso hay demasiados pisos .La idea de la donacion es buena pero es muy cara fiscalmente hablando la cuantia aproximada lo puedes consultar en la Delegacion de Hacienda de tu Comunidad Autonoma .La indemnizacion como minimo de dos años de renta si desaloja voluntariamente en los primeros seis meses pero lo mas probable es que no lo haga y que pleitee y ademas si consigues desalojar y no ocupas el piso en tres meses la inquilina podra recuperarlo.