En un patio privado perteneciente a una comunidad de propietarios, alguien ha sembrado el suelo de chinchetas.
En principio, el incidente parece una represalia por parte de alguno de los vecinos, ya que clientes de uno de los establecimientos que se ubican en el patio juegan con una pelota en el mismo y alguno de los vecinos de quejan de molestias por el ruido.
La cuestión es que han llamado a la policía local para quejarse de las molestias ocasionadas por la pelota, hablando con los agentes se les ha preguntado si sería posible presentar una denuncia por la aparición de cientos de chinchetas en el suelo del patio por el riesgo que estas podían representar para las personas y animales. La respuesta de los agentes ha sido que NO, que el hecho no era constitutivo de ningún delito ya que no había habido ningún lesionado, y que por lo tanto, no había nada punible por lo que se negarían a recoger la denuncia.
Mi consulta es si realmente es cierto que sembrar de chinchetas un patio privado perteneciente a una comunidad de vecinos donde se ubican locales comerciales, no es constitutivo de ningún delito mientras no haya lesionados.