Estoy interesado en alcanzar un acuerdo de traspaso con la dueña de un negocio. El caso es que para formalizar un documento de entrega de señal de reserva sobre el negocio se me entrega un documento reza como "Documento de traspaso de negocio"
No conozco la terminología legal, pero por lo poco que indagado creo que ese término no existe jurídicamente o cuando menos puede llevar a confusión.
Mi pregunta es: El concepto de Documento de traspaso se puede referir a un contrato de arras?
Su pregunta está desenfocada, ya que lo que hace la calificación de un negocio jurídico no es el nombre que las partes ponen en el encabezamiento, sino el contenido del negocio.
Por lo tanto, para saber si Ud. está firmando un contrato de arras la única forma de tenerlo claro es leer el documento en elque se plasma dicho contrato.
Un consejo: antes de firmar nada vaya a un abogado o consulte online con uno, porque los contratos de arras son muy "traicioneros" y sorpresivos y más vale que esté bien redactado para que luego no haya confusiones.
Muchas gracias por su respuesta. Efectivamente ya intuía yo el mal enfoque de la cuestión, pero para serle honesto no sabía cómo plantearla.
Lo cierto es que he firmado un contrato aparentemente de arras en el que luego se habla de contrato de traspaso, por eso le doy toda la razón en lo de "traicionero" y sorpresivo.
Una pregunta sería en este caso si la confusión obvia de la redacción de mi documento, puede llevar a la renuncia o a la resolución del mismo, por inducir a error.
Independientemente de lo anterior, de hecho hay muchos elementos en el documento que una vez revisados dejan entrever la mala fe e incluso redacción. Por ejemplo en una de las "condiciones" (así se encabeza este apartado del documento) se dice que:
"El traspaso quedará formalizado en el acto de la entrega de las llaves, tomando posesión de las instalaciones D.xxxxxxxxxxxxxx a su entera y completa satisfacción y conociendo el estado de los equipamientos y materiales que se traspasan y sin nada que reclamar por ello"
En este sentido, y además considerando que en el momento de la firma de ese documento yo no había recibido relación alguna de los equipamientos que se traspasaban (de hecho nunca se me ha entregado), es obvio que en el momento de la entrega de las llaves yo debería tomar posesión del negocio pero conociendo el estado de todo y sin tener que reclamar nada. Pero el caso es que NO ME HAN PERMITIDO CONOCER EL ESTADO DE LOS EQUIPOS NI MATERIALES, por lo cual he declinado tomar posesión de dicho negocio.
Mi pregunta es: ¿Qué pasos debo seguir de aquí en adelante?
Yo casi casi me atrevo a decir que esa cláusula es nula porque no se sabe cual es el objeto, es decir, si no se dice claramente cual es el equipamiento, Ud, no sabe qué está alquilando y por tanto no tiene sentido firmar ese contrato. Es algo así como hacer un contrato de alquiler de vivienda sin tener que te digan cual es la dirección donde se sitúa la vivienda: es lo mismo que alquilar nada.
Si quiere una respuesta más técnica le diré que en Derecho de contratos español todo contrato tiene 3 elementos ineludibles que son el consentimiento, el objeto y la causa, sin los cuales no puede existir contrato. En su caso falla el segundo porque está contratando sin saber qué contrata.
Yo creo que el contrato es nulo, por tanto lo mejor es que hable con la otra parte y le diga claramente que el contrato es nulo y que hay que redactar uno nuevo o Ud. no paga nada de nada.
Después de eso vaya a un abogado para que le revise el nuevo contrato o al menos consulte online.
Pues muchísimas gracias por los comentarios. Realmente me deja usted un tanto más aliviado.
Y es que tras su acertado comentario he revisado el documento en lo que respecta al objeto del contrato y efectivamente todo está muy en el aire en lo que al objeto de la venta se refiere.
En el documento se dice literalmente:
"Dña.xxxxxxxxxxxxxxx traspasa a D.xxxxxxxxxxxxxx el restaurante descrito en el expósito primero(***) con todos los materiales y equipo que se encuentran en el interior y el fondo de comercio. El traspaso quedará formalizado en el acto de la entrega de las llaves, tomando posesión de las instalaciones D.xxxxxxxxxxxxxx a su entera y completa satisfacción y conociendo el estado de los equipamientos y materiales que se traspasan y sin nada que reclamar por ello"
(****) En el expósito primero se describe así:" Dña.xxxxxxxxxx es propietaria de un negocio de restauración situado en la ciudad de Huelva, en la calle xxxxxxxxx que se encuentra con la correspondiente autorización sanitaria, licencia municipal de apertura y con todos los equipos y materiales necesarios para tal fin"
....Y efectivamente, no se especifica en ningún lado ni que materiales ni equipos se traspasan; no queda claro en absoluto que es lo que estoy contratando.