Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

tipo de sociedad

2 Comentarios
 
24/08/2011 18:38
gacias, muy claramente explicado
24/08/2011 14:28
Depende de muchos factores como el del capital que se va a aportar y las previsiones de beneficios. No depende tanto de si los socios aportan capital o trabajo. Ese es un factor que no debe tener mucha influencia a la hora de elegir el tipo de sociedad.

Si tanto el capital incial como los beneficios se supone que no van a ser elevados es conveniente comenzar con una Sociedad Civil o una Sociedad de Responsabilidad Limitada.

La Sociedad Civil tiene muchas ventajas a la hora de su constitución y de su funcionamiento pues no necesita registrarse en el Registro Mercantil ni constituirse ante notario. No debe depositar las cuentas, legalizar libros, etc. Tiene el inconveniente que la responsabilidad de los socios es ilimitada y responden con todo su capital no sólo con el capital social aportado a la sociedad. El tema fiscal es relativamente complicado como en todas las sociedades pero es más sencillo que el de una sociedad de capital (no presenta Impuesto de Sociedades).

En lo referente a la Sociedad de Responsabilidad Limitada puede decirse que es también relativamente sencilla en su constitución pero se le exigen más responsabilidades societarias como mencioné en el párrafo anterior. La responsabilidad de los socios está limitada al capital social aunque el administrador, que suele ser uno de los socios, puede ver comprometido su patrimonio si gestiona mal la sociedad.

En resumen, si se trata de un inicio de actividad que no supone una gran inversión me inclinaría personalmente por la Sociedad Civil. En el futuro se puede transformar en otro tipo de sociedad si se considera necesario o si las responsabilidades en que se pudiera incurrir fueran muy elevadas y no se considerara conveniente arriesgar el patrimonio propio.

Un saludo,
Tipo de sociedad
23/08/2011 01:40
que tipo de sociedad es más conveniente formar en un negocio, que uno de los socios pone el capital y el otro solo el trabajo